Resolución de 31 de agosto de 2021, de la Secretaría General de




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sumario

De conformidad con lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.

ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado en relación con el Decreto-Ley 2/2021, de 7 de mayo, por el que la Ley 3/2020, de 3 de diciembre, por la que establece el régimen jurídico de alerta sanitaria para el control de la pandemia COVID-19 en Aragn

El Comité Bilateral de Cooperación Aragón-Estado ha adoptado el siguiente Acuerdo:

1. Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas en relación con los apartados uno, dos y tres del artículo único y las disposiciones adicionales primera y segunda del Decreto-Ley 2/2021, de 7 de mayo, por el que se modifica la Ley 3 /2020, de 3 de diciembre, por el establecimiento del régimen legal de alerta sanitaria para el control de la pandemia del COVID-19 en España.

2. Designar un grupo de trabajo para proponer al Comité Bilateral de Cooperación la solución que proceda.

3. Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional por cualquiera de los órganos mencionados en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, a los efectos que en el propio precepto se contemplan, como insertar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de Aragón.