Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Dirección General de




El Consultor Jurídico

sumario

Decisión mediada de Ejecución de la Comisión, de 23 de noviembre de 2022, la Comisión Europea aprueba el Programa de Cooperación Interreg VI-A España-Francia-Andorra (POCTEFA) 2021-2027.

Teniendo en cuenta que el programa fue sometido al procedimiento de evaluación ambiental estratégica, procede dar cumplimiento a lo establecido en el apartado 2 del artículo 26 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

En consecuencia, su gerente general:

  • 1. Da publicidad a la aprobación del Programa de Cooperación Interreg VI-A España-Francia-Andorra 2021-2027. El contenido integral del programa se encuentra en la dirección electrónica https://www.poctefa.eu/.
  • 2. Como anexo I de esta resolución se aporta un extracto incluyendo los siguientes aspectos:
    • a) De qu manera se han integrado en el plan o programa los aspectos ambientales.
    • b) Cmo se ha tomado en consideración en el plan o programa el estudio ambiental estratégico, los resultados de la información pública y de las consultas, incluyendo en su caso las consultas transfronterizas y la declaración ambiental estratégica, como, cuando proceda, las discrepancias que hayan podido surgir en el proceso.
    • c) Las razones de la elección de la alternativa seleccionada, en relación con las alternativas consideradas.
  • 3. Como anexo II de esta resolución, se resumen las medidas adoptadas para el seguimiento de los efectos en el medio ambiente de la aplicación del programa.

ANEXO I
Integración de los aspectos ambientales en el programa

El Programa de Cooperación Transfronteriza ha sido elaborado para hacer frente a las dificultades que se encuentran en la frontera entre Francia, Andorra y España. Para la redacción del programa se han tenido en cuenta el diagnóstico previo de la situación actual del área de cooperación, los referentes estratégicos que incidente sur la misma, los principios de asociación y gobernanza multinivel y los resultados de la evaluación ambiental estratégica.

De esta forma, el programa se ha articulado en 4 objetos políticos más un objeto específico INTERREG 1, de manera que se establecen diferentes objetos específicos y tipos de acciones que pueden ser financiadas con este uno de ellos:

  • – OP 1. Una Europa más competitiva e inteligente, promoviendo una transformación económica innovadora e inteligente y una conectividad regional a las tecnologías de la información y de las comunicaciones.
  • – OP2. Una Europa más verde, baja en carbono, en transición hacia una economía con cero emisiones netas de carbono y resiliente, promoviendo una transición energética limpia y equitativa, la inversión verde y azul, la economía circular, la mitigación y adaptación al cambio climático, la prevención y gestión de riesgos y la movilidad sostenible urbana.
  • – OP4. Una Europa más social e inclusiva, por medio de la aplicación del pilar europeo de derechos sociales.
  • – OP 5. Una Europa más próxima a sus ciudadanos, fomentando el desarrollo integrado y sostenible de todo tipo de territorios e iniciativas locales.
  • – OE-INTERREG 1. Una mejor gobernanza de la cooperación.

Durante la elaboración del programa se promovió la participación de representantes de las instituciones integradas del Comité de Seguimiento en el período 2014-2020, incluyendo autoridades nacionales, los servicios del Estado, regiones francesas, comunidades autónomas españolas y departamentos franceses del territorio de el Programa (denominado el partenariado del Programa). Además, se han llevado a cabo diversos procesos participativos, que se detallan en el apartado 4 del Programa aprobado.

Dentro del procedimiento de evaluación ambiental estratégica al que ha sido sometido el Programa, se ha dado cumplimiento al conjunto de disposiciones normativas aplicables en ambos Estados Miembros y a lo dispuesto por la Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planos y programas en el medio ambiente. As, el órgano ambiental realizó consultas previas a las administraciones públicas afectadas y personas interesadas, para la determinación del alcance de l’estudio ambiental stratgico y, en una posteriore, el programa y el studio ambiental stratgico se sometieron a los preceptivos periodos de consulta pblica que marcan los ojos medioambientales de Francia y España.

En líneas generales, la mayora de los consultados han coincidido en la idoneidad y adecuación ambiental del programa y de su estudio ambiental stratgico, aunque han hecho sugerencias concretas que han sido tenidas en cuenta tanto en el propio texto del programa como en el estudio ambiental stratgico , cuando se han considerado pertinentes.

El programa tiene un fuerte componente ambiental, con una asignación financiera de previsión a los objetos de medioambiente, cambio climático y biodiversidad del 37,12%, 25,48% y 20,12%, respectivamente. En relación con los efectos ambientales esperados, el estudio ambiental estratégico encontró que la mayor parte de las actuaciones predice que no presenta efectos ambientales negativos significativos, son neutros o irrelevantes desde el punto de vista ambiental y climático. No obstante, el estudio ambiental estratégico incluye una serie de medidas correctoras y criterios ambientales a tener en cuenta.

El órgano ambiental emitió la declaración ambiental estratégica mediante Resolución de 23 de junio de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental (BOE número 165, de 11 de julio de 2022). Las determinaciones contenidas en la declaración ambiental estratégica se han incorporado directamente en el propio texto del programa o bien tendrn en cuenta durante la ejecución del mismo, en la fase de elaboración de convocatorias y evaluación de candidaturas, como en el seguimiento posterior de los proyectos, segn el momento ms apropiado para dar cumplimiento a las mismas. A modo de resumen, se indica continuar con todas las incorporaciones pertinentes:

  • – Modificaciones en los tipos de acciones del programa para tener en cuenta las determinaciones de la declaración ambiental estratégica.
  • – Valoración de criterios ambientales que priorizan las soluciones que aumentan el impacto ambiental estratégico positivo del programa, de acuerdo con la declaración ambiental estratégica.
  • – Programación de actividades de comunicación específicas dirigidas a administraciones ambientales, organizaciones no gubernamentales y otros agentes del territorio involucrados en los entornos ambientales y climáticos.
  • – Seguimiento ambiental del programa con indicadores ambientales específicos.

Durante el proceso de diseño del programa barajaron tres alternativas. El primer escenario analizado ha sido la alternativa cero, es decir, la no implementación del POCTEFA, renunciando a los fondos disponibles para esta zona transfronteriza. Dentro del segundo escenario analizado se encuentra la alternativa1a denominada Alternativa continuista que consiste en dar continuidad a las medidas puestas en marcha en el POCTEFA 2014-2020. En tercer lugar, se ha analizado la alternativa 1b denominada Alternativa seleccionada que será la implementación del POCTEFA 2021-2027 en los términos propuestos y aprobados en el marco del Comité de Seguimiento. Se consideró opportuno apostar por esta alternativa que presenta, con respecto a la alternativa 1a, un enfoque coherente con las prioridades de la Política de Cohesin 2021-2027 y enfocado en los aspectos preeminentes en el contexto socioeconómico actual que, a través de la cooperación, pueden enfoque más eficiente. Permite, al contrario de la alternativa 0, incidir en la atenuación de las problemáticas ambientales, así como generar una serie de efectos ambientales positivos.

ANEXO II
Seguimiento ambiental del programa

Para el seguimiento ambiental del programa se redacta un Programa de Vigilancia Ambiental, teniendo en cuenta lo dispuesto en la declaración ambiental estratégica.

El Programa de Vigilancia Ambiental establece un sistema de seguimiento o vigilancia que garantiza el cumplimiento de las indicaciones y medidas previstas en el POCTEFA 2021-2027, con el fin de verificar el cumplimiento de las determinaciones de la declaración ambiental estratégica, conocer la contribución real del programe a las principales políticas ambientales y climáticas, conozca los avances en la implementación de sistemas de gestión de las políticas ambientales y climáticas de la zona transfronteriza, conozca la efectividad de las acciones con finalidad ambiental o climática, y genere nueva información que permita mejorar la integración de los aspectos ambientales en los siguientes ciclos de programación.

Como parte del Programa de Vigilancia Ambiental, se elabora un informe de seguimiento que recoge la evolución de variables representativas del desarrollo del programa en los momentos más relevantes de su ejecución. Realizar un análisis de la evolución de los efectos ambientales teniendo en cuenta los indicadores ambientales propuestos en la declaración ambiental estratégica, como resumen final con las conclusiones donde se detallan los avances más importantes y las dificultades encontradas en la implementación de medidas.

El Programa de Vigilancia Ambiental está disponible en la página web del programa, https://www.poctefa.eu/.