Resolución de 28 de noviembre de 2022 de la Secretaría General de

El 24 de febrero de 2022, el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Economía, Hacienda y Administración Digital, adoptó el Acuerdo sobre incremento adicional de retribuciones del personal al servicio de la Administración General de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y sus organismos autónomos para el año 2022 de un 1,5 por ciento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2021.

Con el fin de aplicar las retribuciones correspondientes, facilitando la confeccin y fiscalizacin de las nminas del personal afectado, as como para el conocimiento por los empleados pblicos de las retribuciones que les corresponden, esta Secretara General,

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 24 de noviembre de 2022, sobre incremento adicional de retribuciones del personal al servicio de la Administración General de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y sus organismos autnomos para el ao 2022 de un 1.5 por ciento con respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2021, que se inserta a continuacin.

Acuerdo del Consejo de Gobierno de 24 de noviembre de 2022, sobre incremento adicional de retribuciones del personal al servicio de la Administración General de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y sus organismos autónomos para el año 2022 de un 1,5 por ciento respecto en las vigentes al 31 de diciembre de 2021.

Primero. Retribuciones del personal al servicio de la Administración General de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y sus organismos autónomos para el ejercicio 2022.

1.- Con efectos económicos de 1 de enero de 2022, las retribuciones del personal funcionario de la Administración Regional para el que sea de aplicación el régimen retributivo previsto en el texto refundido de la Ley de la Función Pública del Reino de Murcia, experimenten el incremento adicional del 1,5 por ciento establecido en el Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre, por el que se aprueban medidas de refuerzo de la protección de los consumidores de energía y de contribución a la reducción del consumo de gas natural en aplicacin del Plan + seguridad para tu energa (+SE), as como medidas en materia de retribuciones del personal al servicio del sector pblico y de proteccin de las personas trabajadoras agrarias eventuales afectadas por la sequa.

2.- El incremento adicional del 1,5 por ciento se aplicará también al personal laboral qu’esta servicio en la Administración General de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y sus organismos autónomos.

3.- Este incremento adicional se aplicará con efectos de 1 de enero de 2022 y se calculará sur le conjunto de las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2021.

Segundo. Fecha y organismo que debe realizar el pago.

1.- El abono de las cuantas que puedan corresponder como consecuencia de la aplicación de lo establecido en el apartado anterior de este Acuerdo se realizará en la nmina del mes de diciembre del presente ao.

Los atrasos de los meses de enero a noviembre de 2022, correspondientes al incremento del 1.5 por ciento, se abonarn igualmente en la nmina del mes de diciembre, salvo que por motivos tcnicos no fuera posible, en cuyo caso se abonarn en la primera nmina en que sea posible.

Las cantidades que han de ser abonadas con esta finalidad han de imputarse a las mismas aplicaciones presupuestarias y los mismos conceptos retributivos de nmina sobre los que se aplican los incrementos.

2.- Para el personal que no haya cambiado de destino Durante el perodo comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el ltimo da del mes anterior al del pago de los atrasos que corresponden al incremento del 1.5 por ciento, esto sern abonados por la Consejera u Organismo Autónomo en la que el personal afectado se encuentra prstando servicio en dicho da.

3.- En el caso del personal que durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el último día del mes anterior al pago de los atrasos haya cambiado de destino dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con o sin variación de la naturaleza jurídica de la relación de servicios, los atrasos se liquidan por el centro que abonan las retribuciones.

4.- En el caso del personal que, en el perodo comprado entre el 1 de enero de 2022 y el ltimo da del mes anterior al del pago de los atrasos, haya pasado a prestar servicios a una Administracin pblica distinta, los atrasos correspondientes al período de destino en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Regin de Murcia el sern suscrito por la Consejera u Organismo Autónomo donde prest los servicios.

5.- Para situaciones distintas a las de servicio activo y respecto al personal que no se encontrara en situacion de servicio activo o asimilada, ya sea por jubilacion o por cualquier otra causa, o que hubiera perdido la condicin de empleado publico dentro del periodo referido en los números anteriores, los atrasos se liquidan por la Consejera u Organismo Autónomo que abon las retribuciones. Si el empleado hubiera fallecido en ese mismo perodo, la petición se formula por sus herederos conforme al Derecho Civil.

6.- Si el interesado sólo percibió trienios durante todo o parte del perodo citado, el pago de atrasos por este concepto corresponde a la Consejera, Organismo Autónomo o Entidad Pública que los haya abonado.

Tercero. Actualización de las cantidades retributivas recogidas en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de febrero de 2022.

1.- La actualización de las cantidades retributivas recogidas en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de febrero de 2022, una vez aplicado el incremento adicional del 1,5 por ciento, previsto en el artículo 23 del Real Decreto-Ley 18/2022 , de 18 de octubre, con efectos de 1 de enero de 2022, son las que aparecen recogidas en los anexos de este Acuerdo.

2.- Las cantidades anuales de los complementos específicos que perciben el personal funcionario al servicio de la Administración General de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y sus organismos autónomos, incluido el personal docente no universitario, se actualizarán, con efectos de 1 de enero de 2022, con el incremento citado adicional del 1,5 por ciento.

ANEXO I

ANEXO II
COMPLEMENTO DE DESTINO

ANEXO III
CUANTAS MÍNIMAS DEL COMPLEMENTO DE PRODUCTIVIDAD

ANEXO IV
PRODUCTIVIDAD SEMESTRAL

ANEXO V
RETRIBUCIONES A PERCIBIR POR LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE GOBIERNO Y ALTOS CARGOS DE LA ADMINISTRACIÓN REGIONAL

ANEXO VI
HORAS EXTRAORDINARIAS

ANEXO VII

ANEXO VIII

ANEXO IX

ANEXO X
DÍAS ESPECIALES/HORARIOS ESPECIALES/HORAS DE PRESENCIA

ANEXO XI
PERSONAL DEL DOCENTE CUERPOS

ANEXO XII

ANEXO XIII
CUANTAS RETRIBUTIVAS DEL PERSONAL LABORAL AL ​​SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN REGIONAL

ANEXO XIV
IMPORTACIONES DE LAS GRATIFICACIONES POR SERVICIOS DE PRESENCIA Y LOCALIZACIÓN DEL PLAN INFOMUR

ANEXO XV
TRAMO Y CARRERA PROFESIONAL HORIZONTAL