Resolución de 2 de febrero de 2023, de la Dirección General del

Primera Addendum modificativa y de prrroga al convenio entre la Tesorera General de la Seguridad Social y el Instituto de Mayores y Servicios Sociales, sobre cesin de informacin

REUNIDOS

De una parte: don Andrés Harto Martínez, Director General de la Tesorera General de la Seguridad Social, nombrado mediante Real Decreto 132/2020, de 21 de enero, (BOE de 22 de enero), actuando en virtud de lo establecido en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Rgimen Jurdico del Sector Pblico, y artculos 1 y 3 del Real Decreto 1314/1984, de 20 de junio, por el que se regula la estructura y competencias de la Tesorera General de la Seguridad Social (en adelante TGSS).

De otra parte: don Luis Alberto Barriga Martín, Director General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, como entidad gestora de la Seguridad Social adcrita al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, a través de la Secretara de Estado de Derechos Sociales, cargo para el que fue nombrado en virtud del Real Decreto 207/2020, de 29 de enero (BOE nm. 26, de 30 de enero), y facultado para su representación conforme a las atribuciones establecidas en el artículo 5 del Real Decreto 1226/2005, del 13 de octubre, por lo que se ubica la estructura orgánica y funciones del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (en adelante Imserso).

Ambas partes reconocen competencia y capacidad para la firma del presente documento,

EXPONENTE

I. Los Directores Generales de TGSS e Imserso firmaron el 11 de septiembre de 2019 un Convenio de cesin de datos para facilitar el acceso a personal del Imserso a los datos de los Ficheros Generales de la TGSS. Este convenio fue publicado en el Boletín Oficial del Estado del día 26 de noviembre de 2019.

II. Por dicho convenio la TGSS autoriza al Imserso consultar de una serie de transacciones de los Ficheros Generales de la TGSS en función de las competencias atribuidas en el convenio.

tercero La disposición final quinta del Real Decreto-Ley 2/2021, de 26 de enero, de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo ha modificado el apartado 1 del artículo 77 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, con el objecto de permitir el tratamiento y la cesin de los datos por parte de las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social a otras administraciones públicas, en la medida en la que son necesarios para el ejercicio de sus funciones, muchas de ellas conectadas con las funciones de la Administración de la Seguridad Social.

IV. Por otro lado, los datos obtenidos de los ficheros y bases de datos competencia de la TGSS están en constante evolución al incorporar nuevos sistemas, tanto en escritura de empresas, afiliación, cotización o recuperación, como puede ser la liquidación directa o los conceptos retribuidos abonados . Todo ello puede dar lugar a que se creen nuevas transacciones o desaparezcan otras que figuren en el convenio, que conlleva un número indeterminado de adendas modificativas que requieren la misma tramitación que un convenio, postgando la utilización de las nuevas transacciones hasta la eficacia de las adendas . Dilaciones que contravienen los principios generales que deben regir la actuación de las Administraciones Públicas, tales como la eficacia, eficiencia, cooperación y colaboración.

Por ello, conforme a lo previsto en la clusula decimocuarta del convenio, las partes acuerdan por unanimidad las siguientes

CLUSULAS

Primera

Se modificó el segundo párrafo del exponente I, por la nueva redacción del apartado d) del artículo 77.1 de la Ley General de la Seguridad Social, que queda redactado de la siguiente forma:

El artículo 77.1 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social establece que los datos, informes o antecedentes obtenidos por la Administración de la Seguridad Social en el ejercicio de sus funciones tienen carácter reservado y solo podrán utilizarse para las multas encomendadas a las distintas d) La colaboración con cualesquiera otras administraciones públicas para la lucha contra el fraude en la obtención o percepción de ayudas o subvenciones a cargo de fondos públicos, incluidos los de la Unión Europea, para la obtención o percepción de prestaciones incompatibles en los distintos regímenes del sistema de la Seguridad Social y, en general, para el ejercicio de las funciones encomendadas legal o reglamentariamente a las mismas para las que los datos ob tenidos por la Administración de la Seguridad Social resulten relevantes.

LE0000654438_20230208Ir a Norma Afectada

Segunda

Se modificó el contenido de la clusula tercera que queda redactada de la siguiente forma:

Tercera Autorización

Por el presente Acuerdo la TGSS autoriza al Imserso el uso de las transacciones que dan acceso a la información contenida en las bases de datos de su fichero, en el Grupo T0IMSE00.

LE0000654438_20230208Ir a Norma Afectada

tercera

Se acuerda expresamente por las partes modificar el Convenio firmado el 11 de septiembre de 2019, en los términos de la presente adenda modificatoria. Se mantuvo completamente en vigor todos y cada uno de los términos y condiciones del convenio en lo no modificado por esta adenda. Asimismo, se acuerda de forma unánime la prrroga del convenio por cuatro años adicionales, que tendrá efectos del da da 26 de noviembre de 2023.

Este addendum se perfecciona con el consentimiento de las partes. Resultará eficaz una vez que se inscriba, en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación. Asimismo, ser publicado en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

En prueba de conformidad, las partes implicadas firman la presente enmienda y de prrroga, en la fecha indicada en el pie de firma, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último firmante.–Por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales, el Director General, Luis Alberto Barriga Martn.–Por la Tesorera General de la Seguridad Social, el Director General, Andrs Harto Martnez.