Resolución de 13 de marzo de 2023, de la Autoridad Portuaria de




El Consultor Jurídico

sumario

El Director de la Autoridad Portuaria de Alicante, de conformidad con lo establecido en el artculo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Rgimen Jurdico del Sector Pblico (LRJSP), y en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas en virtud del artículo 33.2 a) del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se apruebe el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, resuelve:

Primero. Delegar en la persona titular del Departamento Económico Financiero de la Autoridad Portuaria de Alicante el ejercicio de las competencias, actuaciones y funciones concernientes a la gestión y liquidación de las tasas y recursos de naturaleza pública que tiene atribuidas esta Dirección en virtud del artículo 33.2 a) de TRLPEMM.

Segundo. La delegación de competencias prevista en esta Resolución será revocable en cualquier momento por el Director de la Autoridad Portuaria de Alicante, el Director podrá abogar para el ejercicio de las mismas conformidades con lo establecido en el artículo 10 de la LRJSP.

Tercero. Ordenar a la Secretaría General que proceda, de conformidad con lo previsto en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, a la publicación de la delegación de competencias en el correspondiente boletín oficial. La delegación de competencias prevista en esta Resolución produce efectos desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Lo que se publica para conocimiento general, de acuerdo con lo dispuesto en el artculo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Rgimen Jurdico del Sector Pblico.