Resolución de 10 de febrero de 2023, de la Dirección General de




El Consultor Jurídico

sumario

El artículo 76 del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español, establece que, si existe solicitud por parte de alguna Comunidad Autónoma para la activación de la cosecha en verde, la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, mediante la resolución que se publica en el Boletín Oficial del Estado, fija una asignación presupuestaria para la medida de cosecha en verde con la finalidad de retirar un volumen de vino qu’allowa recobrar el equilibrio del mercado.

La medida de cosecha en verde es una medida de regulación de mercado, un instrumento de gestión de riesgos qui se décadena en el momento en que se detecta un desequilibrio de mercado, lo que conlleva una decisión rápida para que la puesta en marcha sea gil y eficaz.

Debe dotarse del presupuesto necesario lo antes posible para su puesta en marcha por parte de las Comunidades Autónomas mediante la publicación de sus respectivas convocatorias, que según el artículo 79 del Real Decreto 1363/2018, deben, en su caso, establecer el plazo para presentar solicitudes, que no podrán comenzar antes del 15 ni acabar después del 30 de abril de 2023, debiendo realizarse la ejecución de la cosecha en verde antes del 16 de julio de este mismo ao en virtud del artículo 82.2 del Real Decreto 1363/2018.

Para la puesta en marcha de la cosecha en verde, las Comunidades Autónomas comunicaron a 1 de mayo de 2021 la forma de pago elegida, el valor de los máximos o baremos estánndar segn corresponde, como los criterios de prioridad elegidos y sus respectivos determinados para el proceso de selección de solicitudes. Todos estos datos se incluirán en la última modificación del Programa de Apoyo al Sector Vitivincola (PASVE) que se remite a la Comisión Europea y que se regula por esta última convocatoria del PASVE 19-23.

Habiendo recibido en esta Dirección General de Producciones y Mercado Agrarios por parte de varias comunidades autónomas solicitud para la puesta en marcha de la cosecha en verde, teniendo en cuenta las estimaciones de hectreas que prvn se acogerán a la vendimia en verde, como la experiencia obtenido para la aplicación de la cosecha en verde a nivel nacional en el año 2020 como consecuencia de la crisis derivada de la COVID-19, resultado:

Dotar financieramente a la medida de cosecha en verde incluida en el Programa de Apoyo al sector vitivinícola español con 15 millones de euros para el ejercicio financiero 2023.

La presente resolución no agota la va administrativa, de conformidad con el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comn de las Administraciones Públicas. Contra ella podrá recurrirse, en alza, ante el Sr. Secretario General de Agricultura y Alimentación, en el plazo máximo de un mes, contado a partir del da siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo establecido en los artículos 121 y concordantes de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Esta resolución será de aplicación desde el día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.