RESOLUCIÓN ACC/1005/2023, de 24 de marzo, por la que se ordenó la




El Consultor Jurídico

sumario

El artículo 4.b) del Decreto legislativo 3/2003, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña reconoce a la Generalitat la competencia en materia de ordenación de los diferentes usos y aprovechamientos de los recursos hdricos procedentes de las cuencas internas de Catalua y tambin la administracin y control del dominio pblico hidrulico.

El artículo 7 de la misma norma establece que la Agencia Catalana del Agua es la autoridad que ejerce las competencias de la Generalitat en materia de aguas en Cataluña.

El artculo 8.2.a) atribuye a la Agencia Catalana del Agua en el mbito de las cuencas internas de Catalua, elaborar y revisar los planes, programas y proyectos hidrolgicos, y hacer su seguimiento, administrar y controlar los aprovechamientos hidrulicos y los aspectos cualitativos y quants de las aguas y del dominio pblico hidrulico en general, incluido el oorgamiento de las autorizaciones y concesiones.

El punto 2.4 de la Resolución TES/2543/2014, de 3 de noviembre, por la que se clasifican los embalses y tramos de ro del Distrito de cuenca fluvial de Catalunya a efectos de la navegación y se utilizan las limitaciones en los espacios navegables y en el bao (DOGC 6752, de 18.11.2014) establece que la Agencia Catalana del Agua puede ordenar la suspensión temporal de todas las actividades o de una parte en el mbito de un embalse o tramo de ro mientras duren las operaciones de déembalse o cuando as convenga para el inters general a fin de evitar posibles daos.

La Resolución ACC/747/2023, de 6 de marzo, declara la entrada en el estado de excepcionalidad por sequía hidrológica en las unidades de explotación Embalses del Llobregat, Embalses del Ter y Embalses del Ter-Llobregat (DOGC 8869 de 7.3.2023) .

Por Resolución de 7 de marzo de 2023 el director de la Agencia Catalana del Agua acuerda el traspaso de agua del embalse de Sau hacia Susqueda y la adopción de las medidas necesarias para gestionar la biomasa presente en el embalse.

Es claro que existen resoluciones para mantener las condiciones de navegación y baño establecidas en la Resolución TES/2543/2014, mientras que se refiere a la seguridad de la actividad de navegación y navegación como la afectación que la navegación puede causar a la calidad del agua. y, por lo tanto, a los usos de abastecimiento que dependen de este embalse.

Correspondientemente, vistos los fondos de recho aplicables, de acuerdo con la propuesta del director del rea de Gestin Territorial de fecha 23 de marzo de 2023, en uso de las competencias qu’atribuye el artculo 11.13 del Texto refundido de la legislacin en materia de aguas de Cataluña y el 11 de los Estatutos de la Agencia Catalana del Agua, aprobado por el Decreto 86/2009, de 2 de junio, y modificados por el Decreto 153/2012, de 20 de noviembre, y el Decreto 78/2020, de 27 de agosto,

Resuelvo:

Ordenar la suspensión temporal de la navegación y del baño en el embalse de Sau Durante el estado de excepcional y el estado de emergencia, en su caso, por sequa hidrolgica en las unidades de explotación Embalses del Ter y Embalses del Ter-Llobregat, salvo la asociada a tareas de vigilancia y salvamento y aquellas relacionadas con la gestin de la sequa y la gestin de los recursos.

Contra esta Resolución, que pone fin a la va administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la Dirección de la Agencia Catalana del Agua en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, de conformidad con el artculo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien directamente un recurso contencioso-administrativo ante el juzgado contencioso-administrativo correspondiente en El plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de conformidad con los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.