Resolución 240/2023, de 14 de febrero, del Consejo de




El Consultor Jurídico

sumario

El Plan de Formación anual se articula con la finalidad de atender las necesidades formativas del conjunto de las empleadas y empleados públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja, para conseguir aquellos objetivos previamente determinados en las estrategias de actuación de las distintas administraciones, cuyo fin último no es otro que el bien común, entendido éste como vocación de defensa del ejercicio de los derechos y cumplimiento de las obligaciones de los ciudadanos, que debe siempre perseguir el empleo público.

La formación constituye un instrumento estratégico en la administración, en la gestión y desarrollo de las personas que la conforman y que prestan sus servicios a la ciudadana. Esta debe ser una herramienta dirigida además a la adquisición y mantenimiento de destrezas determinantes en el desempeo eficaz de las tareas encomendadas en cada puesto de trabajo, y que al mismo tiempo permita el desarrollo profesional de su personal y de sus competencias profesionales, con el fin de alcanzar una administración más eficiente y capaz de liderar cambios.

El Gobierno de La Rioja, conocedor del papel fundamental que desarrolla las empleadas y los empleados públicos en nuestra Administración, que con su implicación y motivación contribuyen a la mayor calidad de los servicios públicos riojanos, debe desarrollar políticas integrales en materia de formación que incluyendo acciones en la planificación de materiales y organización de la misma.

Por allo lo anterior, resulta necesario planificar la formación del personal público al servicio de la Administración regional, no solo con el afn de conseguir el éxito en los resultados, sino con el fin de que se puedan el mayor número posible de personas. Por ello nos encontramos ante un plan en el que, además de la asignación de los contenidos formativos, cobran especial relevancia tanto la forma o la modalidad de realización de los diferentes cursos como la metodología aplicada a éste uno de ellos.

La Consejera de Hacienda y Administración Pública, a través de la Dirección General de Función Pública, tiene encomendada, entre otras, la importante labor de seleccionar al personal empleado público que va a desarrollar las funciones encomendadas a una Administración del Siglo XXI y, además, satisfechos a conjunto formativo permanente que atiende a las particularidades de las propias personas que integra la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Por ello, de forma consensuada se elaboró ​​un plan de formación que requería dar respuesta a las necesidades formativas tendientes a la creación de una administración abierta y moderna.

El Plan de Formación confeccionado con un proceso previo de detección de necesidades formativas en el que han cumplido las diferentes Secretarías Generales Técnicas de las Consejeras, las organizaciones sindicales y la Dirección General de Función Pública.

Como resultado de este proceso, el Plan de Formación engloba varios ámbitos formativos, entre los que destacan: la formación especializada; la prevención de riesgos laborales; la gestión económico-presupuestaria; la administración electrónica; la dirección y gerencia pública; la política de la igualdad; y la transparencia y buen gobierno. Áreas y materiales que responden a diferentes entornos de formación, metodologías y condiciones de participación con el objeto de ofrecer respuestas óptimas a las necesidades formativas del público y, de esta formación, contribuyendo al mantenimiento y la mejora permanente de la calidad de los servicios públicos. .

El desarrollo y la ejecución de la política de formación de las empleadas y empleados públicos constituye uno de los fines esenciales de la Dirección General de Función Pública, encauzado a través de la Escuela Riojana de Administración Pública, sin perjuicio de las competencias específicas que se reconocen sobre estas materias a otras entidades.

Por allo, la Escuela Riojana de Administracion Publica, como unidad administrativa dependiente de la Direccion General de Funcion Publica, ha elaborado una propuesta de Plan de Formacion para 2023 que recoge entre sus objetivos formativos el trabajo colaborativo con metodologias participativas de aprendizaje, consolidando el permanente aprendizaje con cursos online en formato aula abierta. Asimismo, aboga por una continuación en el uso de las políticas de igualdad y transparencia; el mantenimiento de la formación en idiomas y herramientas ofimáticas, -que suponen una formación transversal en la Administración-, como proseguir con la formación en el ámbito de la prevención de riesgos laborales y las acciones específicas para los empleados públicos, según el lector prestación de sus servicios.

El plan también incluye la formación de los empleados locales en los procesos de modernización, transformación y cambio de los entes locales que aquí deben propiciar.

En términos generales, el Plan de Formación 2023 pretende orientar el proceso formativo con la mejora de las competencias, conocimientos, calificaciones y competencias personales, constituyendo una parte importante de la carrera profesional de los empleados y empleadas públicas.

El mismo se alinea con las medidas 12 y 13 recogidas en el I Plan de igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, ratificado en acuerdo del Consejo de Gobierno de La Rioja, el 11 de enero de 2023 , con la inclusión específica de formación en igualdad y sobre el uso no sexista del lenguaje.

Del mismo modo, y como se ha indicado anteriormente, la selección del personal empleado público es una función encomendada a la Dirección General de Función Pública y como tal se incluyen cursos selectivos derivados de tales procesos que, por tanto, tienen carácter obligatorio y se sujetan a la regulación específica contenida en la convocatoria. Se trata de cursos imprescindibles para desempear adecuadamente las funciones y tareas inherentes a los cuerpos a los que se emborarn. A la par que se busca con los mismos facilitar su integración en la organización administrativa, profundizando en los aspectos prácticos del desarrollo de sus funciones, como en los principios y valores públicos que debe presidir su actuación.

Asimismo, también es uno de los ejes de este plan el incentivo para la participación de los empleados y empleadas públicas en los procesos de promoción interna, con instrumentos que respaldan estos procesos selectivos.

Finalmente, este Plan se ha hecho extensivo a otras comunidades e instituciones públicas mediando la firma de acuerdos y convenios de colaboración, con el fin de mejorar la sinergia del mismo y conseguir una mayor eficiencia y eficacia en su ejecución, optimizando los recursos públicos disponibles.

Teniendo en cuenta lo expuesto, y de acuerdo con:

El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Bsico del Empleado Pblico, que en su artculo 1.3.g) incluye como uno de los fundamentos de actuacin de las Administraciones Públicas el ‘desarrollo y cualificación profesional permanente de los empleados públicos’. Por su parte, el artículo 14.g) reconoce como derecho de carácter individual de los empleados públicos el derecho ‘a la formación continua y a la actualización permanente de sus conocimientos y profesionales, preferentemente en horario laboral’.

La Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que en su artículo 47 dispone que la formación y el perfeccionamiento de todo el personal a su servicio constituye un derecho y es de interés permanente para la Administración autónoma, y ​​en consecuencia ‘se facilita al personal la realización de estudios, el acceso a cursos de formación, perfeccionamiento, actualización y capacitación profesional que organiza la Consejera de Administraciones Públicas directamente o por concierto con otras entidades. La realización de estos cursos puede ser obligatoria en determinados puestos de trabajo y siempre que no suponga cambio de residencia’; y en su artculo 48.h) establece como uno de los derechos de los funcionarios en servicio activo ‘el derecho a la mjora de las condiciones de trabajo, a la formacin y al perfeccionamiento de sus aptitudes profesionales’.

El Decreto 43/2020, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, cuyo artículo 8.2.7.r) atribuye a la Dirección General de la Función Pública la formación de carcter general del personal al servicio del sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, incluyendo al personal del Sistema Riojano de Salud espera las propuestas elevadas por la Consejera competente en materia de salud, con exclusión de la formación específica, que seguirá realizando por dicha Consejera’.

El Decreto 63/1999, de 10 de septiembre, para la creación de la Escuela Riojana de Administración Pública y se determina su régimen, estructura y funcionamiento; la cual queda configurada ‘como el órgano de selección, formación y perfeccionamiento del personal al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que, con rango orgánico de Servicio, queda adcrita a la Dirección General de la Función Pública’ ( artículo 1), allí que la correspondiente elaboración, propuesta y publicación del Plan de Formación Anual, que fue aprobado por el titular de la Consejera competente en materia de función pública (artículos 5 y 6).

Y, finalmente, el Acuerdo y el Convenio Colectivo 2008-2011 para el personal funcionario y laboral al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, cuyos artículos 18 y 19 están dedicados, respectivamente, a la ‘formación profesional’ y a la ‘oferta formativa y tiempos para la formación’, y en los que se establece que ‘la Escuela Riojana de Administración Pública desarrollará el Plan de Formación que la Consejera competente en materia de Función Pública apruebe y lo coordine con los que puedan desarrollar las Organizaciones Sindicales y otras Instituciones en colaboración con la primera, o con fondos de Formación Continua’ (artículo 18.2).

Esta Consejera de Hacienda y Administración Pública, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,

RESUMEN

mella. Aprobar el Plan de Formación para el año 2023.