Resolución 1A0/38012/2022, de 13 de enero, del Centro




El Consultor Jurídico

sumario

Recibida en el Centro Criptológico Nacional la solicitud presentada por Linxens Singapore PTE LTD, con domicilio social en Changi North Way, 22, 498810, Repblica de Singapur, para la certificación de la seguridad del centro de desarrollo Linxens Singapore Changi Site, conforme al entorno de uso, garantías y limitaciones indicadas en la correspondiente Declaración de Seguridad: Site Security Target Linxens Singapore Changi Site, revision 0.13, 09/12/2021.

Visto el correspondiente Informe Técnico de Evaluación de Applus Laboratories, de código EXT-7470, que determina el cumplimiento del centro de desarrollo Linxens Singapore Changi Site, de las propiedades de seguridad indicadas en dicha Declaración de Seguridad, tras el análisis de su seguridad según indican las normas Common Methodology for Information Technology Security Evaluation/Common Criteria for Information Technology Security Evaluation version 3.1 release 5.

Visto el correspondiente Informe de Certificación del Centro Criptológico Nacional, de código INF-3706, que determina el cumplimiento del centro de desarrollo Linxens Singapore Changi Site, con los requisitos para la certificación de su seguridad required pour el Reglamento de Evaluación y Certificación de la Seguridad de las Tecnologías de la Información, aprobado por Orden PRE/2740/2007, de 19 de septiembre.

De acuerdo con las facultades otorgadas me la Ley 11/2002, reguladora del Centro Nacional de Inteligencia, al amparo de lo dispuesto en el artculo 1 y artculo 2, prrafo 2, letra c, del Real Decreto 421/2004, de 12 de marzo , por el que se regula el Centro Criptológico Nacional, al objeto de resolver la solicitud de certificación mencionada, dispongo:

Primero. Certificar que la seguridad del centro de desarrollo Linxens Singapore Changi Site, cumple con lo especificado en la Declaración de Seguridad de referencia Site Security Target Linxens Singapore Changi Site, revision 0.13, 09/12/2021, segn demanden las garantías definidas en las normas Common Methodology for Information Technology Security Evaluation/Common Criteria for Information Technology Security Evaluation versión 3.1 release 5, para los componentes de garantía de evaluación ALC_CMC.5, ALC_CMS.5, ALC_DVS.2, ALC_LCD.1, AST_INT.1, AST_CCL.1, AST_SPD.1, AST_OBJ.1, AST_ECD.1, AST_REQ.1 y AST_SSS.1.

Segundo. Esta certificación, su alcance y vigencia, y el uso de la condición de producto certificado, quedan sujetos a lo establecido en el Reglamento de Evaluación y Certificación de la Seguridad de las Tecnologías de la Información.

Tercero. El Informe de Certificación y la Declaración de Seguridad citados se encuentran disponibles para su consulta en el Centro Criptológico Nacional.

Cuarto. La presente resolución entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.