Resolución 16/2023, de 16 de febrero, del Consejo de




El Consultor Jurídico

sumario

El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones establece la obligación para los órganos de las Administraciones Públicas y cualesquiera entes públicos responsables de la gestión de subvenciones de elaboración de un plan estratégico de subvenciones.

In los mismos términos se pronuncia el artículo 178.2 de la Ley 11/2013, de 21 de octubre, de Hacienda de La Rioja, que reconoce que los órganos competentes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deben concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad económica.

Por último, el artículo 8 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, atribuye a los titulares de las Consejeras la competencia para la aprobación de dicho instrumento de planificación y determinación de las previsiones contendientes para un período de vigencia máxima de tres años.

Una vez aprobado, este constituye un instrumento que permite establecer una conexión entre los objetivos y efectos que este monedero conseguirá con seguir los costes previsibles y sus fuentes de financiación, y como adecuar las subvenciones para conceder los recursos disponibles con carácter previo a su nacimiento y de forma plurianual.

Por Decreto de la Presidencia 16/2021, de 8 de septiembre, se modifican las competencias de las Consejeras de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, fijadas en el Decreto 6/2019, de 29 de agosto, en el Decreto 16 /2019, de 7 de octubre, y en el Decreto 6/2020, de 24 de agosto, todo de la Presidenta.

El Decreto 47/2020, de 3 de septiembre, establece la estructura orgánica de la Consejera de Educación, Cultura, Deporte y Juventud y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja y la competencia del Consejero en la aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones.

Por Resolución de fecha 22 de marzo de 2021, se aprob el Plan Estratgico de Subvenciones de la Direccin General de Formacin Profesional Integrada, publicado en el Boletn Oficial de La Rioja nmero 59, de 24 de marzo de 2021. Se ha modificado el Plan Estratgico de Subvenciones mediante la Resolucin 49/2022, de 19 de abril, publicada en el Boletn Oficial de La Rioja nmero 80, de 28 de abril , y por la Resolucin 100/2022, de 12 de julio, publicada en el Boletn Oficial de La Rioja número 135, a partir del 15 de julio de 2022.

Para que los planes estratégicos de subsidios utilicen todos los efectos como verdaderos instrumentos no solo de planificación, sino también de apoyo y mejora en la gestión y el control, es necesario llevar a cabo una labor de revisión, actualización y seguimiento de los planes aprobados que posibilidad de la toma de decisiones orientadas a la modificación, sustitución o eliminación de tales subvenciones que no alcancen los objetos previstos en eficiencia, eficiencia y economía.

Las modificaciones que se incluyen en esta cuarta modificación son derivadas de la aprobación de la Ley 16/2022, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2023.

Esta modificación del plan ha sido informada por la Dirección General con competencia en control presupuestario a efectos de lo dispuesto en el artículo 9.2.4.i) del Decreto 43/2020, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de La Rioja como de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de subvenciones en el sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja en fecha 20 de enero de 2022.

Por todo lo anterior, en virtud de las competencias atribuidas por el artculo 42.2 de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, del Gobierno e Incompatibilidades de sus miembros y por el artculo 8 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de la Rioja, el Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud,

RESUMEN

Primero. Aprobar la cuarta modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Formación Profesional Integrada, aprobada mediante Resolución 13/2021, de 22 de marzo de 2021, de la Consejera de Educación, Cultura, Deporte y Juventud que se adjunta como Anexo a es Resolucion.

Segundo. Disponer de la publicación de la citada modificación del Plan Estatgico de Subvenciones de la Dirección General de Formación Profesional Integrada para el período 2021-2023.

ANEXO

tercero Objectivo general mejor continuado y excelencia.

Objetivo 1. Reconocer la excelencia.

Línea 1. Premios extraordinarios de Formación Profesional.

Plan de acción: Orden 32/2007, de 26 de julio de 2007, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte por la que se establecieron las bases reguladoras de la construcción de los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

IV. Objetivo general. Adecuación de la formación profesional.

Objetivo 1. Fomento de la FP Dual.

Línea 2. Convenios en materia de FP Dual.

Objeto: Realizar acciones con el fin de impulsar proyectos en materia de FP Dual.

rea de competencias afectadas: ‘El fomento y la difusin de los programas y acciones de promocin en materia de formacin profesional’ (artculo 10.2.4 j) del Decreto 47/2020, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgnica de la Consejera de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja)

La gestión administrativa de premios, ayudas y subvenciones en materia de formación profesional’ (artículo 10.2.4 m) del Decreto 47/2020, de 3 de septiembre).

Sector al que va dirigido y beneficiarios: Federación de Empresas de La Rioja, asociación que realiza las acciones recogidas en el Convenio que, con carácter anual, suscribe la Consejera competencia en materia de Educación para el desarrollo de proyectos de Formación Profesional Dual en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Costes previsibles para su realización:

Agosto 2023: 40.000 euros

Financial: Las dotaciones presupuestas consignadas en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para cada anualidad. En 2023, el crédito se encuentra en la aplicación presupuestaria 08.05.3223.480.02.

Modo de concesión: Subvenciones de concesión directa. Subvención nominativa reflejada en el Anexo III de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año respectivo.

Indicadores de seguimiento y evaluación: Número de ciclos de FP Dual, número de jornadas realizadas.

IndicadoresNo de ciclos de FP DualNo de jornadas realizadas2023241

Línea 4: Fomento de la formación en materia de Prevención de Riesgos Laborales, a los alumnos de los Ciclos de Formación Profesional reglada de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Finalidad: formación en materias de Prevención de Riesgos Laborales a los alumnos de los Ciclos de Formación Profesional reglada de la Comunidad Autónoma de La Rioja, de Grado Medio y Superior, de las familias profesionales de ‘Edificación y Obra Civil’, y otras familias profesionales ordenados, como son ‘Electricidad y Electrónica’, ‘Fabricación Mecánica’ y ‘Madera, Mueble y Corcho.

rea de competencias afectadas: ‘El fomento y la difusin de los programas y acciones de promocin en materia de formacin profesional’ (artculo 10.2.4 j) del Decreto 47/2020, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgnica de la Consejera de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja)

‘La gestión administrativa de premios, ayudas y subvenciones en materia de formación profesional’ (artículo 10.2.4 m) Decreto 47/2020, de 3 de septiembre.

Sector al que se dirigió las ayudas: Fundación Laboral de la Construcción, asociación que realiza las acciones recogidas en el Convenio a suscribir en 2023 para el impulso de la formación en materia de Prevención de Riesgos Laborales a los alumnos de los Ciclos de Formación Profesional reglada de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Costes previsibles para su realización:

Agosto 2023: 40.000 euros

Financiero: Las dotaciones presupuestas consignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para la respectiva anualidad. Concreto en la aplicacion presupuestado 08.05.3223.480.05.

Modo de concesión: Subvención de concesión directa. Subvención nominativa reflejada en el Anexo III de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año respectivo.

Indicadores de seguimiento y evaluación continuados: número de cursos a realizar en materia de Prevención de Riesgos Laborales, y número de alumnos que participan en la formación en Prevención de Riesgos Laborales.

IndicadoresNo de Cursos a realizar en materia de Prevención de Riesgos LaboralesNo de alumnos que participan en la formación en Prevención de Riesgos Laborales20238200