Real Decreto 98/2023, de 14 de febrero, por el que se modifica el

El Consultor Jurídico

sumario

La estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte se establece a del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, y del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

De acuerdo con el artículo 15 del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, corresponde al Ministerio de Cultura y Deporte la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de promoción, protección y difusión del patrimonio histórico español, de los museos estatales y de artes, libros, lectura y literatura creativa, actividades cinematográficas y audiovisuales, libros y bibliotecas estatales, así como la promoción y difusión de la cultura en España, la acción impulsora de la cooperación cultural y, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, de las relaciones internacionales en materia de cultura. Asimismo, el corresponsal de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de deportación.

En este marco, con arreglo a lo dispuesto en la disposición final segunda del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, y de conformidad con el artículo 59.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Rgimen Jurdico del Sector Público, se aprueba el Real Decreto 509/2020, de 5 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte, actualizando las funciones atribuidas a los órganos directivos, hasta el nivel orgánico de subdirección general, con al final de conseguir la máxima eficacia y racionalización en el cumplimiento de sus objetivos.

El artculo 6 del Real Decreto 509/2020, de 5 de mayo, regula las funciones que corresponden a la Subsecretara de Cultura y Deporte y que ejerce a travs de la Secretara General Tcnica y de las unidades que, con nivel orgnico de subdireccin general, se especifica en el apartado 4 del citado artculo.

Entre ellos, el Subdirector General de Gestin Econmica y Asuntos Generales ejerce la gestin econmica y financiera del Departamento; la asistencia a los órganos directivos en la preparación de los expedientes de contratación y en la tramitación de los procedimientos de adjudicación de contratos así como la asistencia y apoyo a la mesa y junta de contratación del Departamento; la coordinación y control de la actuación de las pagadoras del Departamento a través de la Unidad central de cajas, así como la tramitación de los pagos que se lleva a cabo mediante los procedimientos especiales de pago para justificar y anticipar la caja fija y, por último, la dirección, impulso y coordinación general de los servicios comunes del Departamento, servicios de seguridad, mantenimiento y regimiento interior de los edificios, así como la formación del inventario de los bienes muebles y equipamiento de las unidades administrativas generales.

Debido a la necesidad de racionalizar la estructura de esta subdirección general y reorganizar algunas de sus funciones para su funcionamiento, la norma, en el ámbito de la Subsecretaría de Cultura y Deporte, crea una nueva unidad con nivel orgánico de subdirección general denominada Subdirección General de Asuntos Generales. De este modo, la actual Subdirección General de Gestión Económica y Asuntos Generales pasa a denominarse Subdirección General de Gestión Económica, ejerciendo exclusivamente las funciones referentes a la gestión económica y financiera del Ministerio de Cultura y Deporte, la asistencia a los órganos directivos en la preparación de los expedientes de contratación y en la tramitación de los procedimientos de adjudicación de contratos, asistencia y apoyo a la mesa y a la junta de contratación del Departamento y, por último, la coordinación y control de la actuación de las cajas pagadoras del Departamento, as como la tramitacin de los pagos que se mediante los procedimientos especiales de pago a justificar y anticipo de caja fija.

Por su parte, el Subdirector General de Asuntos Generales asume las funciones referidas a la dirección, coordinación impulsora y general de los servicios comunes del Departamento, servicios de seguridad, mantenimiento y regimiento interior de los inmuebles, así como la formación del inventario de el inmueble mobiliario y equipamiento de las unidades administrativas generales.

El artculo 326.5 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Pblico, por la que transponen al ordenamiento jurdico espaol las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, from 26 de febrero de 2014, optó por separar claramente las labores de redacción de la documentación técnica de los contratos de la participación en las mesas de contratación. En línea con esta prevista legalmente, la separación de estas funciones en dos subdirecciones distintas supondrá una denegación de la especialización y de la racionalización de la carga de trabajo relacionada con esta materia.

Al mismo tiempo, con esta fórmula, se dota a la Subdirección General de Gestión Económica de una estructura homogénea, que permita un uso eficaz de los recursos existentes y una gestión más ágil, para concentrarse exclusivamente en las competencias relativas a la gestión económica y financiera. del Departamento, la asistencia a los órganos directivos en la preparación de los expedientes de contratación y en la tramitación de los procedimientos de adjudicación de contratos junto con la asistencia y apoyo a la mesa y a la junta de contratación del Departamento y, finalmente, la coordinación y control de las cajas pagadoras.

La norma se adhiere a los principios de buena regulación de necesidad, eficacia, conveniencia, seguridad jurídica, transparencia y eficacia, contemplados en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las normas son efectivas y proporcionadas en el cumplimiento del propósito de modificación de la estructura organizativa, atendiendo a las competencias desarrolladas en el Real Decreto 509/2020, de 5 de mayo, sin afectar en forma alguna a los derechos y deberes de la ciudadana.

Tambin es adecuado al principio de seguridad jurdica por ser coherente con las normas del ordenamiento jurdico con las que guarda relacin.

Cumple también con el principio de transparencia, ya que identifica claramente su propósito y la memoria, accesible a la ciudadana, ofrece una explicación completa de su contenido. Dado que se trata de una norma puramente organizativa, su transmisión se encuentra exenta de la consulta pública previa y de los términos de audiencia e información pública. Finalmente, es adecuado al principio de eficiencia, ya que se orienta a racionalizar la distribución de competencias de la Subsecretaría de Cultura y Deporte para su mejor funcionamiento y trata de alcanzar los objetos previstos con el menor coste posible sin imponer cargas administrativas.

Esta norma tiene su fundamento jurídico en el artículo 59.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y mantiene su contenido lo ya previsto hasta ahora respecto a la organización y funciones de la Subsecretaría de Cultura y Deporte, limitándose a la creación de una nueva unidad con nivel orgánico de subdirección general, denominada Subdirección General de Asuntos Generales, de modo que las competencias de la, hasta ahora, Subdirección General de Gestión Económica y Asuntos Generales pasen a ser ejercidas por dos subdirecciones diferentes, la Subdirección General de Gestión Económica y la Subdirección General de Asuntos Generales.

En su virtud, a iniciativa del Ministro de Cultura y Deporte, a propuesta de la Ministra de Hacienda y Función Pública, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de febrero de 2023,

DISPONIBLE:

Artículo nico Modificación del Real Decreto 509/2020, de 5 de mayo, por el que se desarrollará la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte

El apartado 4 del artículo 6 del Real Decreto 509/2020, de 5 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte, queda redactado del siguiente modo:

4. Asimismo, de la Subsecretaría de Cultura y Deporte depende directamente de las siguientes unidades con nivel orgánico de subdirección general:

  • a) El Gabinete Técnico, como órgano de apoyo y asistencia inmediata al titular de la Subsecretaría, al que le corresponde además el ejercicio de las funciones a que se refiere los prrafos p) yq) del apartado 2.
  • b) El Subdirector General de la Oficina Presupuestaria, a quien corresponde el ejercicio de las funciones a que se refiere el prrafo a) del apartado 2 y, en todo caso, las que se determina en el Real Decreto 2855/1979, de 21 de Diciembre, por el que se crean las Oficinas Presupuestarias.
  • c) El Subdirector General de Gestión Económica, al que corresponda el ejercicio de las funciones a que se refieren los prrafos b), c) yd) del apartado 2.
  • d) El Subdirector General de Asuntos Generales, a quien corresponde el ejercicio de las funciones a que se refiere el prrafo e) del apartado 2.
  • e) La Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de los Servicios, a la que corresponda el ejercicio de las funciones a que se refieren los prrafos f), g), h), i), j), k) yl) del apartado 2 .

LE0000664781_20230216Ir a Norma Afectada

DISPOSICIONES ADICIONALES

Disposición adicional primera supresión de órganos

Queda suprimió al Subdirector General de Gestión Económica y Asuntos Generales.

Disposición adicional segunda Referencias a la Subdirección General de Gestión Económica y Asuntos Generales

Las referencias que se hagan en el ordenamiento jurídico a la Subdirección General de Gestión Económica y Asuntos Generales se entienden realizadas a la Subdirección General de Gestión Económica o a la Subdirección General de Asuntos Generales, segn cul de ellas han asumido la competencia de que se trate.

PROVISIONES TRANSICIONALES

Disposición transitoria primera Subsistencia y adscripción provisional de puestos de trabajo

1. Losses of trabajo con nivel orgnico inferior a subdireccin general que resulten afectados por las modificaciones orgnicas establecidas en este real decreto continuantes y sern retribuidos con cargo a los mismos crditos presupuestarios hasta que se aprueben las modificaciones de las relaciones de los puestos de trabajo del Departamento para adaptarlas a la nueva estructura organizativa que se dispone.

2. Los puestos de trabajo encuadrados en la Subdirección General de Gestión Económica y Asuntos Generales se adscriben provisionalmente, mediante resolución de la Subsecretaría de Cultura y Deporte, a la Subdirección General de Gestión Económica o a la Subdirección General de Asuntos Generales, en función de las atribuciones que estas tengan centradas.

Disposición transitoria segunda Delegaciones de competencias

Las delegaciones de competencias otorgadas a la Subdirección General de Gestión Económica y Asuntos Generales por otros órganos del Ministerio de Cultura y Deporte continuarán siendo válidas y eficaces hasta que sean expresamente revocadas o nuevamente otorgadas, con la intención de hacerse en lo sucesivo a favor de la Subdirección General de Gestin Econmica o de la Subdirección General de Asuntos Generales, segn la competencia se encuadre en el mbito de actuacin de una u otra.

Disposición final única Entrada en vigor

Este real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.