Real Decreto 94/2022, de 1 de febrero, por el que se modifica el

El Consultor Jurídico

sumario

Los desafíos actuales a los que se enfrenta España, tales como la evolución del terrorismo internacional y el crimen organizado transfronterizo, as el de los flujos de la inmigración irregular y del tráfico de personas, demanden cada vez mayor esfuerzo en la cooperación internacional en mbitos de la competencia del Ministerio del Interior, como una labor de coordinación en el señor de la Administración General del Estado. Estos desafíos son compartidos con el resto de Estados miembros de la Unión Europea que, junto con las instituciones comunitarias, promovieron incluso y aplican iniciativas legislativas y políticas para hacer frente de manera eficaz a los mismos. Estas iniciativas en asuntos de Interior son de especial relevancia para la Unin Europea, incluida Espaa.

Como, en los últimos años, la actividad internacional del Ministerio del Interior, y muy especialmente la relacionada con la Unión Europea, no ha dejado de aumentar exponencialmente. Lo mismo sucede en los pases socios, sean Estados miembros de la Unin Europea o terceros, con los que este Ministerio mantiene relaciones operativas y estratgicas. El principio y la evidencia de que la seguridad de los ciudadanos españoles más todas nuestras fronteras se ha convertido en un pilar fundamental de la política del Ministerio del Interior, lo que conlleva un incremento de la actividad internacional del Departamento. Esta evolución de la situación ha supuesto un aumento muy notable del volumen de trabajo, estratégico y operativo, tanto de actividades formativas, de concertación y negociación, de colaboración o Comisiones Mixtas de Seguridad, como de proyectos de carcter operativo en el exterior.

En ocasiones se constató una deficiencia orgánica, especialmente relevante en el caso de la estructura existente para asumir las tareas y responsabilidades que se derivan de las funciones asignadas a la Dirección General de Relaciones Internacionales y Extranjera, dependiente de la Secretaría de Estado de Seguridad, en materiales de Unin Europea.

En el ámbito de la Unión Europea, especialmente desde la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, se produjo un cambio en las pautas de trabajo que solicitó un mayor grado de coordinación entre los Estados miembros y, por fin, dentro de las propias estructuras ministeriales nacional. En este sentido, se ha generado un incremento de la carga de trabajo y actividad europea a todos los niveles en asuntos de Interior, que exigen una adecuación organizativa departamental.

En definitiva, es preciso un refuerzo y rediseo de la estructura del Departamento para hacer frente a los desafíos actuales de su actividad internacional y, en concreto, a los que, de manera permanente y creciente, se originan en relación con las competencias que en el mbito de la Unin Europea corresponde al Ministerio del Interior. Por ello, se consideró necesario crear la Subdirección General de Asuntos Europeos, dependiente de la Dirección General de Relaciones Internacionales y Extranjera. Este subdirector general de nueva creación asumirá las funciones que en la actualidad vienen ejerciendo directamente la persona titular de la Dirección General.

Asimismo, procede a adecuar la denominación del órgano directivo de la Subsecretaría del Departamento encargado, entre otras, de las funciones relativas a la inspección de servicios, que pasa a ser la de Subdirección General de Innovación, Calidad e Inspección de los Servicios, sin alterar las funciones que actualmente tienes encomendadas.

Este real decreto se adeca a los principios de buena regulación a los que se refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comn de las Administraciones Públicas, de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica , transparencia y eficiencia. As, sea consciente de la necesidad de modificar la estructura bsica del Ministerio del Interior temporalmente, si desea ajustarlo para el futuro previsible y dispuesto en el cumplimiento de este propsito, sin afectar en forma alguna a los derechos y deberes de la ciudadana. Tambin contribuye a brindar mayor seguridad jurídica a la organización y funcionamiento del Departamento, al adecuar la estructura de los órganos directivos a las funciones que realmente ejercen y a las necesidades presentes y futuras. Cumple también con el principio de transparencia, en la medida en que la norma identifica claramente su objeto y finalidad. Tambin se adeca al principio de eficiencia, ya que no impone nuevas cargas administrativas, ni afecta a las existentes.

En su virtud, una iniciativa del Ministro del Interior, una propuesta de la Ministra de Hacienda y Función Pública, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de febrero de 2022,

DISPONIBLE:

Artículo nico Modificación del Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el que se levanta la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior

Se modificó el Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, queda redactado del siguiente modo:

  • Una. El apartado 2 del artículo 5 queda redactado del siguiente modo:

    2. De la Dirección General de Relaciones Internacionales y Extranjera dependen los siguientes órganos con nivel orgánico de subdirección general:

    • a) La Subdirección General de Cooperación Policial Internacional, al que corresponda el ejercicio de las funciones recogidas en los prrafos d), e) yf) del apartado 1, como las de los prrafos a), j), k), l ) ym) cuando se refieran a una cooperación policial internacional.
    • b) El Subdirector General de Relaciones Internacionales, Inmigración y Extranjera, a quien corresponda el ejercicio de las funciones recogidas en los prrafos g), h), i) yn) del apartado 1, como las de los prrafos a), j) , k), l) ym) cuando se refieran a inmigración y extranjera.
    • c) El Subdirector General de Asuntos Europeos, al que corresponda el ejercicio de las funciones recogidas en los prrafos b) yc) del apartado 1, como como las de los prrafos a), j) ym) cuando se refieran a asuntos de la Unión Europea.

    LE0000672602_20220203Ir a Norma Afectada

  • Atrás. El prrafo e) del apartado 7 del artculo 8 queda redactado del siguiente modo:
    • e) La Subdirección General de Innovación, Calidad e Inspección de los Servicios, a la que corresponde el ejercicio de las funciones enumeradas en los procedimientos k), l), u) yv) del apartado 3.

    LE0000672602_20220203Ir a Norma Afectada

DISPOSICIONES ADICIONALES

Disposición adicional primera No incremento del gasto público

La aplicación del presente real decreto no supondr incremento del gasto público.

Disposición adicional segunda supresión de órganos

Queda suprimido el Subdirector General de Calidad de los Servicios e Innovación.

Disposición final única Entrada en vigor

Este real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.