quedará incapacitado · Noticias Jurídicas

Se hizo de rogar pero llego. Las navidades de 2023 serán inhábiles a efectos procesales. Igual que el año anterior, si bien este año por motivos de conciliación y no pandémicos, gracias a una enmienda mejorada por PSOE y Unidas Podemos en la reforma de la sedición, Justicia declarará inhábil a efectos procesales los festivos entre el 24 de diciembre (Noche buena) al 6 de enero (Reyes), según una información que comparte la agencia Servimedia.

Letrados y procuradores se quejaban de que, pese a las cercanías de las fechas navideñas, aún no estaba claro si les tocaría trabajar o no estos días. La reforma se votará en el Congreso el próximo jueves y a partir de ahí comenzará su tramitación en el Senado, también por la vía de urgencia. La previsión es que se aprueba antes de las fiestas navideñas.

Así, la enmienda en cuestión modificará la Ley del Poder Judicial de 1985, de forma que a los efectos procesales habrá una serie de días del año sin actividad. En concreto, el apartado 1 del artículo 182 de la ley, comprenderá lo siguiente:

«son inhábiles a efectos procesales los sábados y domingos, los días de fiesta nacional y los festivos a efectos laborales en la respectiva comunidad autónoma o localidad».

Y:

«El Consejo General del Poder Judicial, mediante reglamento, podrá habilitar estos días a efectos de actuaciones judiciales en aquellos casos no previstos expresamente por las leyes».

Al mismo tiempo, se modificará el artículo 183 de la norma de 1985, en el cual se señalará que:

«serán inhábiles los días del mes de agosto, así como todos los días desde el 24 de diciembre hasta el 6 de enero del año siguiente, ambos inclusive, para todas las actuaciones judiciales, excepto las que se declaren urgentes por las leyes procesales. No no obstante, el Consejo General del Poder Judicial, mediante reglamento, podrá habilitar los efectos de otras actuaciones”.