Orden TED/1280/2022, de 20 de diciembre, por la que se autoriza




El Consultor Jurídico

sumario

La disposición adicional quinta de la Ley 21/2015, de 20 de julio, por la que cambia la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, con la que fijan las reglas de explotación del trasvase Tajo-Segura establece un volumen máximo anual total a trasvasar de 650 hectómetros cúbicos en cada año hidrológico (600 para el Segura y 50 para el Guadiana).

Dicha Ley establece cuatro niveles, numerados del 1 al 4, para los que se fijan los posibles envos. Para los niveles 1 y 2, la determinación de los volúmenes a trasvasar queda establecida de forma automática. En situación de nivel 4 no se podrá realizar trasvase alguno. Para el caso de nivel 3, denominado de situaciones hidrológicas excepcionales remite una regulación reglamentaria que fue establecida en el Real Decreto 773/2014, de 12 de septiembre, modificada mediante el Real Decreto 638/2021, de 27 de julio, por el que el Real Decreto 773/2014, de 12 de septiembre, modificado por las distintas normas reguladoras del trasvase del acueducto Tajo-Segura. Este real decreto indica los valores umbrales mensuales de reservas conjuntas en los embalses de Entrepeas y Buenda que define el nivel 3 y establece que, al tratarse de una situacin hidrolgica excepcional, el rgano competente habr de motivar los volmenes que discrecionalmente decida autorizar hasta el lmite máximo de 20 hm3/mes.

El órgano de competencia se define en el apartado 2 de la disposición adicional quinta de la Ley 21/2015, de 20 de julio. Como, cuando concurran las condiciones del nivel 3, autorizar los trasvases el Ministro o Ministra que tenga atribuidas las competencias en materia de agua, previo informe de la Comisión Central de Explotación del Acueducto Tajo-Segura, creada por Real Decreto 1982/1978, de 26 de julio, modificada, en cualquier composición que fuera por el Real Decreto 2529/1980, de 14 de noviembre.

De acuerdo con el artculo 14.2 del Real Decreto 2/2020, de 13 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, corresponde al Ministerio para la Transicin Ecolgica y el Reto Demogrfico la propuesta y ejecucin de la poltica del agua como bien pblico básico. Por tanto, corresponde al titular de este departamento autorizar los trasvases por el acueducto Tajo-Segura en situación de nivel 3.

Por otra parte, y tal y como establece la Disposición General 5. de la Orden TED/533/2021, de 20 de mayo, sobre delegación de competencias en el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico, la Ministra delega en el titular de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente la autorización de los trasvases a través del Acueducto Tajo-Segura, cuando concurran las condiciones hidrológicas del Nivel 3, de conformidad con lo establecido en el apartado 2 de la disposición adicional quinta de la Ley 21/2015, de 20 de julio, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.

En reunión de la Comisión Central de Explotación del Acueducto Tajo-Segura, celebrada el 19 de diciembre de 2022, se constató una situación hidrológica excepcional, nivel 3, y se realizó un reforzamiento técnico de la situación.

Según recoge en el informe realizado por el CEDEX para este mes de diciembre, de acuerdo con la información facilitada por la Confederación Hidrográfica del Tajo, la existencia efectiva en el conjunto de embalses de Entrepeas-Buenda el da 1 de diciembre de 2022 asciende a 466 hm3, siendo este valor inferior al de referencia de 605 hm3 de paso entre los niveles 2 y 3 fijado en el Real Decreto 773/2014 para el mes de diciembre y superior al umbral de 400 hm3 de reservas no trasvasables, por lo que se notó la situación hidrológica excepcional, nivel 3.

De acuerdo con el método previsto para situaciones hidrológicas excepcionales, el trasvase resultante para el mes de diciembre podrá llegar a un máximo de 20 hm3. Asimismo, y partiendo de la situación registrada a principios de diciembre, la aplicación trimestral de la regla de explotación realizada en el informe del CEDEX indica que el sistema se contrara en situación hidrológica excepcional (nivel 3) durante todo el trimestre. Adicionalmente, en dicho informe se ha procedido a aplicar la regla semestralmente con el nico propsito de disponer de una ventana de pronstico mayor que permita anticipacin par la posible tendencia en su evolucin y tener algo ms de perspectiva, concluyendo que, si se confirmaran las aportaciones de clculo supuestas, correspondientes al percentil del 20%, el sistema se mantendra en el nivel 3 el restaurante del semestre.

El citado informe recoge también la información enviada por la Confederación Hidrográfica del Segura sobre los volúmenes de agua trasvasada disponible a 1 de diciembre, para abastecimiento y regados en la cuenca, que son de 21,87 hm3 y 3,69 hm3, respectivamente, lo que supone un total volumen de 25,56 hm3. A este volumen hay que agregar el volumen autorizado no trasvasado para abastecimiento de 15 hm3. Estos volmenes de agua constituyen una reserva de agua ya trasvasada o autorizada cuyo objetivo es atender las necesidades de suministro que surjan en el futuro de forma simultnea con los trasvases posteriores.

La Comisin Central de Explotacin del Acueducto Tajo-Segura, en su reunin de 19 de diciembre del 2022 y a la vista del informe del CEDEX, acuerda informar, de acuerdo con la previsin legal para este caso, que se puede realizar un volumen mximo de 20 autorizado .0 hm3. para diciembre de 2022.

Dada la situación hidrológica excepcional existente en los embalses de cabecera, es razonable tomar en consideración las reservas existentes del trasvase en la cuenca receptora y los volúmenes autorizados pendientes de trasvasar. El volumen actual de reservas en la cuenca del Segura procedente del trasvase y los volmenes autorizados pendientes de trasvasar suponen 40,56 hm3. Dado que la previsin recogida en el informe del CEDEX es que el sistema se encuentra en el nivel 3 correspondiente a una situacin hidrolgica excepcional colgante los prximos 3 meses y teniendo en cuenta los consumos de abastecimiento y regado estimados para los prximos meses, las reservas de abastecimiento se agotaran en menos de 3 meses y las reservas para regado en las próximas semanas.

considerando todo lo expuesto anteriormente:

  • 1) Se constató que al cierre del 1 de diciembre de 2022 la situación del sistema es la correspondiente al Nivel 3, referido a situaciones hidrológicas excepcionales.
  • 2) Se toma nota de la previsión para el trimestre, que indica que el sistema se mantiene en una situación hidrológica excepcional.
  • 3) Tenga en cuenta que, a 1 de diciembre de 2022, existe un volumen de agua trasvasada disponible en la cuenca del Segura de 21,87 hm3 para abastecimientos y 3,69 hm3 para regados y un volumen autorizado pendiente de trasvasar para reducción de 15 hm3.
  • 4) Se advierte de la propuesta de la Comisión Central de Explotación del Acueducto Tajo-Segura celebrada el 19 de diciembre del 2022 que, en la vista del informe del CEDEX, se concluyó que se autorizará un volumen máximo de 20,0 hm3 para diciembre de 2022 .
  • 5) Toma en consideración que de acuerdo con la disposición adicional quinta de la Ley 21/2015, de 20 de julio, por la que cambia la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, los volúmenes cuyo trasvase haya sido autorizado se distribuirán entre abastecimientos y regados, asegurando siempre al menos 7,5 hm3/mes para los abastecimientos urbanos.

Por ello, en aplicacin de los principios de prevencin y precaucin que deben presidir la accin de las Administraciones Pblicas, notando que su aplicacin en las autorizaciones precedentes ha contribuido a que à 1 de diciembre se hayan estabilizado e incluso hayan comenzado a sous los volmenes de agua almacenados en los embalses de Entrepeas y Buenda, considerando la previsión de incremento de aportaciones para los próximos meses, las reservas de volmenes de agua trasvasada disponibles en la cuenca del Segura a fecha 1 de diciembre y los autorizados volmenes pendientes de trasvasar a fecha 1 de diciembre, los consumos futuros estimados de abastecimiento y regado y la aplicación de la regla para los próximos 6 meses realizados en el informe del CEDEX, autorizo ​​une trasvase desde los embalses de Entrepeas-Buena a través del acueducto Tajo-Segura de 15 hm3 Para el mes de diciembre de 2022, de los cuales se destinar 7.5 hm3 para abastecimientos urbanos.