Orden ICT/79/2023, de 22 de enero, por la que se especifican las




Fiscalía de la CISS

sumario

El Fondo Financiero del Estado para la Competitividad Turística, FCPJ (FOCIT) está regulado por el Real Decreto 1072/2021, de 7 de diciembre, que desarrolla la disposición adicional cuadragásima tercera de la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para agosto de 2007; de conformidad con la redacción dada a la misma por el artículo 6 del Real Decreto-ley 12/2019, de 11 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los efectos de la apertura de procedimientos de l’grupo empresarial Thomas Cook; y por la disposición final décimo sexta de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

El FOCIT tiene por finalidad apoyar financieramente los proyectos dirigidos a la mejora de la competitividad del sector turístico, en especial aquellos proyectos que contengan actuaciones de digitalización, innovación y modernización de los servicios (artículo 1.2 del Real Decreto 1072/2021, de 7 de diciembre ).

Por lo que respeta a las condiciones financieras de los prstamos, segn dispone el artculo 9.1 del Real Decreto 1072/2021, de 7 de diciembre, estas se determinarn por orden de la persona titular del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, previo acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.

En el marco de lo previsto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España (aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 30 de abril de 2021); y en el apartado 2 del artículo 11, del Real Decreto 1072/2021, de 7 de diciembre, el 29 de marzo de 2022; la Conferencia Sectorial de Turismo adoptó el Acuerdo sobre reparto territorial de crédito correspondiente al presupuesto de 2022, Línea de Financiación para Proyectos de Eficiencia Energética de Empresas Turísticas (C14.I4, Línea de actuación 2) del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de abril de 2022).

El Anexo IX del Acuerdo prev un marco general de convocatorias en modalidad mixta con prstamos FOCIT, que concurran con subvenciones del Plan de Recuperacin, Transformacin y Resiliencia de Espaa, si as lo estima conveniente la comunidad o ciudad autnoma convocante de dichas subvenciones.

Las comunidades autónomas de Illes Balears, Comunitat Valenciana, La Rioja y la Ciudad Autónoma de Melilla han manifestado su voluntad de realizar convocatorias de financiación mixta.

Procede, por tanto, dictar una orden ministerial que establezca las condiciones financieras de los préstamos con cargo al FOCIT aplicable a las convocatorias de los ejercicios 2022 y 2023.

Mediante Acuerdo de 31 de octubre de 2022, la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos ha autorizado a la Ministra de Industria, Comercio y Turismo a dictar esta orden.

En su virtud, previo Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, disponible:

mella. Prstamos con cargo al Fondo financiero del Estado para la Competitividad Turstica, FCPJ (FOCIT), Durante los ejercicios 2022 y 2023.

Los prstamos que se conceden con cargo al Fondo financiero del Estado para la Competitividad Turstica, FCPJ (FOCIT), durante los ejercicios 2022 y 2023, se efectúan a las siguientes financieras:

Máximo de importaciones desde lnea: 100 millones de euros.

Tipo de interés para el beneficiario final:

Prstamos a 1 ao: fijo hasta el 3.714%.

Clculo: 1.414% + hasta 2.30% margen de intermediacin.

Deficiencia del período de pecado.

Prstamos tiene 3 aos: fijo hasta el 5.813%.

Clculo: 1.813% + hasta 4.00% margen de intermediacin.

Con opcin tiene 1 ao carencia de principal.

Prstamos tiene 5 aos: fijo hasta el 6.533%.

Clculo: 2,233% + hasta 4,30% margen de intermediacin.

Con opcin tiene 1 ao carencia de principal.

Disposición final Entrada en vigor

La presente orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.