Orden Foral 389/2022 de 23 de agosto, por la que se regula el




El Consultor Jurídico

sumario

La invasión de Ucrania el pasado mes de febrero está generando importantes consecuencias en todos los ámbitos, agravando la crisis de los precios energéticos que está sufriendo Europa, especialmente desde el segundo semestre de 2021.

Con el fin de reducir de manera inmediata el impacto en empresas y profesionales de la escalada del precio de los combustibles que ha provocado la agresión militar a Ucrania, la Comisión Europea adoptó el Marco Temporal el 23 de marzo de 2022 (2022/C 280/ 01 ), por la que tiene por objeto permitir a los Estados miembros subsanar la escasez de liquidez a la que enfrentan las empresas afectadas directa o indirectamente por la perturbación económica causada por la agresión militar rusa contra Ucrania. Is as, that in base al city Marco Temporal se aprueba el Real Decreto-Ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptaban medidas urgentes, en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, dirigida al sector del transporte por carretera y ferrocarril.

La persistencia de esta situación justifica que se renueven las ayudas directas al sector del transporte por carretera, a tal fin se ha probado el Real Decreto-Ley 14/2022, de 1 de agosto de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en material de becas y ayudas al estudio, as como de medidas de ahorro, eficiencia energtica y de reduccion de la dependencia energtica del gas natural.

Asimismo, el artículo 4 del mencionado Real Decreto-Ley 14/2022, determinó que sus instituciones vascas las competentes para la gestión de las ayudas correspondientes a los solicitantes cuyo domicilio radique en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Si bien, la Hacienda Foral de Gipuzkoa solicitará a la Agencia Estatal de Administración Tributaria la importación total de las ayudas concedidas conforme a los criterios establecidos en el artículo 4 del Real Decreto-Ley 14/2022 antes mencionado.

En consecuencia, mediante la presente orden foral, se regulará el procedimiento para el consejo de los trabajadores directos a empresas y profesionales especialmente afectados por la subida de los costes de los carburantes y su correspondiente provisión de fondos, que de conformidad con lo previsto en el artículo 4 del citado Real Decreto-Ley 14/2022, corresponde a la Diputación Foral de Gipuzkoa.

En su virtud,

DISPONIBLE

Artculo nico.

Procedimiento para la concesión de ayudas directas a empresas y profesionales especialmente afectados por la subida de los precios de los combustibles.

Una. Objeto y ámbito de aplicación.

El objeto de esta orden es regular el procedimiento para la concesión de los trabajadores directos y profesionales especialmente afectados por la subida de los precios de los carburantes reglamentada en el captulo II del ttulo I del Real Decreto-Ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad econmica en el mbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, as como de medidas de ahorro, eficiencia energtica y de reduccin de la dependencia energtica del gas natural.

Atrás. Requisitos.

1. Ser trabajador o trabajadora autnoma o sociedad con personalidad jurídica propia legalmente constituida en España, que no forme parte del sector público, según se define en el artículo 3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público .

2. Ser titular de una autorización de transporte de cualquiera de las clases VDE, VT, VTC, VSE, MDPE, MDLE, atendiendo al número y tipología de vehículos adscritos a la autorización que se encuentra de alta en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte o ser titular de autobuses urbanos conforme a la clasificación por criterio de utilización del Reglamento General de Vehículos que se encuentran de alta en el Registro de vehículos de la Jefatura central de Tráfico. Todo ello referido a los datos obrantes en los correspondientes registros a fecha 15 de julio de 2022.

Muy. Solicitud y plazo de presentación.

Las solicitudes se presentan a través del departamento electrónico de la Diputación Foral de Gipuzkoa (https://egoitza.gipuzkoa.eus/) dirigidas al Departamento de Movilidad Ordenación del Territorio, rellenando el formulario electrónico específico disponible a estos efectos.

Para la presentación de la solicitud es necesario disponer de certificado electrónico o DNI electrónico o BakQ. También podrá presentar el formulario en número de un tercero cuando la persona que presenta la solicitud sea dada de alta como representante voluntario corporativo en el Censo de Representantes de la Diputación Foral de Gipuzkoa.

La existencia de una autorización administrativa en vigor para el ejercicio de la actividad de transporte implica que la empresa se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

La presentación de las solicitudes se realizará en los términos previstos en el artículo 14.2 y 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comn de las Administraciones Públicas.

Si la solicitud o la documentación que debe acompañarla no reunirán los datos de identificación, adolecieran de algún error o resultado incompleto, se requiere à la entidad solicitante, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, para que, en un plazo de diez das, subsane la falta o acompae los documentos preceptivos, con indicacin de que, si como no lo hizo, se le tendr por desistido de su peticin, previa resolucin dictada en los trminos previstos en el artículo 21.1 de la citada ley.

El 30 de septiembre de 2022, es el ultimo da de plazo para la presentacin de la solicitud.

Cuatro. Suscribir.

Las ayudas se abonan mediante transferencia bancaria a una cuenta de titularidad de la persona, física o jurídica, que figura como titular de la autorización de transporte.

La Diputación Foral de Gipuzkoa verifica la titularidad de la cuenta corriente siempre como la misma sea de Kutxabank, BBVA, Laboral Kutxa, Caixabank, Banco Santander, Sabadell o Caja Rural de Navarra. En caso de considerar que nadie ha acudido a provocar esta verificación, o si el monto correspondiente es de una entidad distinta de las mencionadas, solicitar la firma financiera y sello de la entidad o, alternativamente, traer documento bancario que acredite dicha titularidad. La Diputación Foral de Gipuzkoa no se hace responsable de no hacerlo en el caso de que el corriente presente no corresponda al de la empresa solicitante, o si los datos bancarios son erróneos.

La ayuda acordada se abonar mediante transferencia bancaria, del 31 de octubre, oído notificado el acuerdo de concesión por la recepción de la transferencia.

Transcurrido el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación del formulario sin que se hiciera el pago, la solicitud podría intentarse desestimada. Contra esta desestimación presumiblemente se podrá interponer recurso de reposición y reclamación económico-administrativa.

Cinco. Límite de la ayuda.

En todo caso, la cuantía resultante deberá superar la cantidad máxima por beneficiario de 500.000 euros.

En el caso de que las ayudas concedidas a empresas asociadas superen la cantidad máxima sellada, se partirán de forma proporcional, en función de la contribución a esta cifra, atendiendo al número y tipo de vehículos, con la intención de que cada una de las empresas asociadas preste su consentimiento para que la Administración competente informe al resto de que se dan las circunstancias descritas.

Disposición adicional única. Requisito previo al abono

Ser requisito necesario para proceder al abono de las ayudas la recepción por parte de la Diputación Foral de Gipuzkoa del fichero informativo con los datos especificados en el prrafo segundo del apartado 8 del artículo 4 del Real Decreto-Ley 14/2022. Dicho archivo debe remitirse por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Disposición final única. entrada en vigor

Esta orden para entrar en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa y producirá efectos desde el día 4 de agosto de 2022.