Orden ETD/51/2023, de 12 de enero, por la que se acuerda la




El Consultor Jurídico

sumario

La Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social, en su artculo 102, modifica el artculo 81 de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, dando una nueva terminología en relación con las monedas conmemorativas y de colección, de conformidad con la terminología utilizada en las disposiciones y normativa europea.

En la nueva redacción del citado artículo 81 se establece, entre otras cuestiones, que, a partir del año 2004, se denominan monedas de recogida en euro, las monedas en euro no destinadas a la circulación, normalmente acuadas en metales preciosos, con un nominal valoración y diseño diferente a los destinados a la circulación. Estas monedas deben diferir perceptiblemente de las circuladas en, al menos, dos de las tres características siguientes: color, peso y dimetro.

En la misma disposición se autoriza con carácter general a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, acuar y comercializar monedas de colección de todo tipo. La acuacin y venta de estas monedas sern acordadas por orden del Ministerio de Economa que, de conformidad con las disposiciones europeas, fijen las caractersticas propias de las monedas, sus valores faciales y las fechas iniciales de emisin y, en su caso, los precios de venta al publico.

El artculo 5 del Reglamento (UE) nmero 651/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012, relativo a la emisin de monedas en euro, regula la emisin de monedas de coleccin.

El Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, crea el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

El artculo 15.1.A) 1. del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgnica bsica de los departamentos ministeriales, determina la estructura orgnica del Ministerio de Asuntos Econmicos y Transformacin Digital, y configura como órgano directivo la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, de la cual depende la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.

El artículo 4.1.k) del Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero, por el que desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, establece que, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera ejercerá las funciones previstas en el artículo 66 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en el ámbito de sus competencias, correspondiente, en particular, la gestión de acuñación de moneda y la representación en el Subcomité Europeo de Moneda (Eurocoin Subcommittee) y en los grupos de trabajo que dependen del mismo.

Con motivo de la conmemoración del centenario del fallecimiento de Joaquín Sorolla en el año 2023, se estrenará una serie de monedas de colección.

En su virtud, disponible:

Artículo 1 Acuerdo de emisión

Se acuerda, para el ao 2023, la emisin, acuacin y puesta en circulacin de monedas de coleccin Centenario Sorolla.

Artculo 2 Características de las piezas

Moneda de 200 euros de valor nominal (4 escudos, oro de 999 milsimas).

Tolerancia en ley: Contenido mínimo de 999 milésimas de oro.

Peso: 13,5 g con una tolerancia en ms o en menos de 0,20 g.

Dimetro: 30 mm.

Forma: Circular con canto estriado.

Calidad: Prueba.

Razones:

En Amberes se reproduce la obra titulada Autorretrato, realizada por Joaquín Sorolla en 1909, que se conserva en el Museo Sorolla, de Madrid. A su derecha, en sentido circular descendente y en maysculas, la leyenda ESPAA; a la izquierda del retrato, el año de acuñación 2023. En la parte superior de la moneda, en sentido circular y en maysculas, la leyenda AUTORRETRATO. En la parte inferior, en sentido circular y en maysculas, aparece la leyenda CENTENARIO SOROLLA. Rodea los motivos y leyendas una grfila.

En el reverso se reproduce la obra titulada Clotilde con traje gris, realizada por Joaquín Sorolla en 1900, que se conserva en el Museo Sorolla de Madrid. En la parte superior izquierda, en sentido circular ascendente y en maysculas, la leyenda CLOTILDE CON TRAJE GRIS. Al final de la imagen, el valor facial 200 EURO; y ha conocido a izquierda la marca de Ceca. Rodea los motivos y leyendas una grfila.

Moneda de 50 euro de valor facial (Cincuentn, plata de 925 milsimas, siendo el resto cobre).

Tolerancia en ley: Contenido mínimo de 925 milésimas de plata.

Peso: 168,75 g con una tolerancia en ms o en menos de 1 g.

Dimetro: 73 mm.

Forma: Circular con canto liso.

Calidad: Prueba.

Razones:

En el amberes se reproduce en color la obra titulada Paseo a la orilla del mar, realizada por Joaquín Sorolla en 1909, que se conserva en el Museo Sorolla de Madrid. En la parte superior de la moneda, en lneas traseras y en maysculas, las leyendas ESPAA 2023 y PASEO A LA ORILLA DEL MAR. En la parte inferior, en sentido circular y en maysculas, la leyenda CENTENARIO SOROLLA. Rodea los motivos y leyendas una grfila.

En el reverso se reproduce la obra titulada El balandrito, realizada por Joaquín Sorolla en 1909, que se conserva en el Museo Sorolla de Madrid. En la parte superior izquierda, en sentido circular ascendente y en maysculas, la leyenda EL BALANDRITO. En el centro superior de la pieza, el valor facial 50 EURO; Conocía derecha, la marca de Ceca. Rodea los motivos y leyendas una grfila.

Moneda cuadrada de 10 euros de valor facial (plata de 999 milésimas).

Tolerancia en ley: Contenido mínimo de 999 milésimas de plata.

Peso: 31,41 g con una tolerancia en ms o en menos de 0,30 g.

Dimensiones: 36 x 36 mm.

Forma: Cuadrada con canto suave.

Calidad: Prueba.

Razones:

En el amberes se reproduce en color la obra titulada El baño del caballo, realizada por Joaquín Sorolla en 1909, que se conserva en el Museo Sorolla de Madrid. En la parte superior, en posición horizontal y en maysculas, la leyenda ESPAA 2023. En la parte inferior de la imagen, en lineas traseras y en maysculas, aparecen las leyendas EL BAO DEL CABALLO y CENTENARIO SOROLLA. Rodea los motivos y leyendas una grfila.

En el reverso se reproduce la obra titulada Saliendo del baño, realizada por Joaquín Sorolla en 1915, que se conserva en el Museo Sorolla de Madrid. En la parte superior, el valor facial 10 EURO; Conocía derecha, la marca de Ceca. En la parte inferior de la moneda, en posición horizontal y en las nalgas, la leyenda SALIENDO DEL BAO. Rodea los motivos y leyendas una grfila.

Artculo 3 Número máximo de piezas

El número máximo de piezas que se acuen para cada una de las denominaciones ser el previsto a continuación:

DenominaciónValor facialNmero maximo depiezas4 escudos.200 euro1.500Cincuentn.50 euro3.000Moneda cuadrada.10 euro7.000

Se autoriza a la Fbrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda para ser destinados a los fondos numismticos del Museo de esta entidad hasta un mximo de 5 piezas de cada una de las monedas acuadas en virtud de la presente orden ministerial y , en su caso, aquellos elementos industriales de su fabricación que por las características de la emisión, revistan inters numismtico o museolgico.

Artículo 4 Fecha inicial de emisión

La fecha inicial de emisión de las monedas tendr lugar durante el primer semestre de 2023.

Artculo 5 Acuacin y puesta en circulacin

Las referidas monedas se acuarn por cuenta del Estado en la Fbrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, que las entregan al Banco de Espaa a travs de la aportacin de los documentos representativos de las monedas acuadas.

La Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda procederá al pago del valor facial de estas monedas, que será abonado al Tesoro Público, y una vez adquiridas, procederá a su comercialización mediante el proceso que se indica a continuación.

Artículo 6 Proceso de comercialización

La Fbrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda procede a la comercializacin de estas monedas, tanto en cobro como aisladamente, por so a travs de entidades contratadas al efecto, que se compromete a gastarlas al pblico con regularidad, as como a su exportación.

Artculo 7 Precios de venta al pblico

Los precios iniciales de venta al público, IVA excluido, de cada una de las piezas, serán los comentarios a continuación:

DenominaciónValor facialPrecio inicial de venta al público (excluido IVA)4 escudos.200 euro940 eurosCincuentn.50 euro300 eurosMoneda cuadrada.10 euro65 euros

Estas piezas podrán venderse individualmente o formar colecciones, en cuyo caso el precio será la suma de los precios individuales de las piezas que las formen.

En este caso, una vez en vigor la presente disposición, las cotizaciones oficiales de los mercados correspondientes a los metales preciosos utilizados en su producción y acuificación, experimentarán fluctuaciones superiores al cuatro por ciento de la media aritmética de las cotizaciones diarias del mes anterior a dicha vigencia, modificando los valores de los metales utilizados y, por ello, los precios iniciales de venta al público establecidos, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, de acuerdo con tales cotizaciones, podrá revisar los precios iniciales de estas monedas, al alza oa la baja, previo informe del Banco de España y de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre- Real Casa de la Moneda.

Artculo 8 Medidas para la aplicacin de esta orden

La Dirección General del Tesoro y Política Financiera adoptará las medidas que resulten precisas para la aplicación de la presente orden.

Disposición final nica Efectos

Esta orden produce efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.