Orden EFP/434/2022, de 6 de mayo, por la que se fijan las cuotas




Fiscalía de la CISS

sumario

De acuerdo con lo previsto en el artículo 18.3 del Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio, por el que se regula la acción educativa en el exterior, los alumnos españoles y extranjeros de los centros docentes de titularidad del Estado español en el extranjero 19 del mismo Real decreto.

Al final, se dicta este orden por la que se fijan las cuotas por la prestación de servicios, enseñanzas y actividades de carcter complementario en los centros educativos de titularidad del Estado español en Francia, Italia, Marruecos, Portugal, Reino Unido y Colombia, corresponsales al curso 2022-23.

En su virtud, acuerdo:

mella. Cuotas por servicios, enseñanzas y actividades de carcter complementario en los centros educativos de titularidad del Estado espaol en el extranjero para el curso 2022-23.

Las cuotas por servicios, enseñanzas y actividades de carcter complementario en los centros educativos de titularidad del Estado espaol en el extranjero para el curso 2022-23, que han de abonar los alumnos espaoles y extranjeros matriculados en los mismos y su forma de pago son las que resulta en el anexo de esta orden.

Disposición final nica Eficacia

Esta orden surtir efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

ANEXO

A. Reglas de aplicación a todos los Centros

1. Sobre el pago e impago de las cuotas:

  • 1.1 El pago de las cuotas se realizará por las cantidades, en los plazos y mediante el procedimiento previsto para cada uno de los pases en el apartado B) de este Anexo.
  • 1.2 No proceder a la devolución de las cantidades abonadas, salvo el exceso que se produzca por error en la cantidad abonada o que el consejo de educación determine que concurren circunstancias excepcionales e imprevisibles que justifiquen la retroacción de la matrícula y autoricen la devolución.
  • 1.3 En caso de impago de las cuotas, y una vez notificado el impago a la persona responsable de su pago, esta dispondr de un plazo de 15 das para satisfacer la cantidad adeudada y proceder a su acreditación. De lo contrario, el alumno/a decaer en su derecho ha participado durante el curso corriente y los siguientes en las actividades que se financier con tales cuotas hasta que se no satisfagan todos los pagos pendientes por este concepto.
  • 1.4 El consejero de educación podrá autorizar un plan de pago personalizado de cuotas cuando la persona responsable del pago de las mismas haya presentado una solicitud motivada al efecto y el consejero este existente y justificado las circunstancias alegadas.

2. Serán de aplicación las reducciones o excepciones siguientes:

  • 2.1 En caso de familias contra tres hijos matriculados en el centro: reducción del 50% por el tercer hijo matriculado.
    • – En caso de familias con cuatro hijos matriculados en el centro: reducción de un 50% por el tercer y cuarto hijo matriculado.
    • – En caso de familias con cinco o más hijos matriculados en el centro: además de las reducciones anteriores, se practicará una reducción de un 100% por el quinto y siguientes hermanos matriculados.

    En todos los casos, se entiende que el orden de matriculación de los hermanos es el de mayor a menor nivel educativo. Se considera un mismo centro también a centros de diferentes etapas educativas ubicados en la misma ciudad o ciudades limtrofes.

  • 2.2 Por familia numerosa. En caso de familias en que todos los miembros de la unidad familiar sean españoles o nacionales de otro Estado miembro de la Unin Europea o de alguno de los restantes Estados parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y cuenten con tres o más hijos:
    • – Familias de hasta cuatro hijos: reducción de un 50% para cada hijo matriculado en el centro.
    • – Familias con cinco o ms hijos: reducción de un 100% para cada hijo matriculado en el centro.
  • 2.3 Reduccin o exencin de cuotas por necesidades econmicas especialmente graves: si el consejero de educacin estima que concurren las circunstancias, podr autorizar la reduccin o exencin en las cuotas a determinados alumnos cuando la persona responsable de su pago haya una solicitud motivada al efecto alegando la existencia de necesidades económicas especialmente graves. Estas circunstancias podrán ser apreciadas como máximo del 2% de los alumnos matriculados en el centro.

    Un mismo estudiante no podrá continuar con la reducción o exención de cuotas pendientes de tres cursos consecutivos por la existencia de necesidades económicas especialmente graves. La concesión únicamente podrá tener validez durante el curso en el que se d la circunstancia que la motiva y, en función de la gravedad, podrá consistir en una extinción o una reducción de la parte de la cuota restante.

  • 2.4 De acuerdo con lo previsto en el artículo 39 del Reglamento de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección integral a las Víctimas del Terrorismo, aprobado por Real Decreto 671/2013, de 6 de septiembre, estarán eximidos del pago de las cuotas quienes, cumpliendose las previsiones del Ttulo Preliminar del Reglamento, acreditan haber sufrido daos fsicos o psquicos de carcter permanente como consecuencia de la actividad terrorista, as como los hijos de los anteriores y de las personas fallecidas en actos terroristas.

B. Reglas adicionales aplicables en cada pas

COLOMBIA

Centro: Centro Cultural y Educativo Reyes Católicos de Bogotá:

Pesos/cursoCuotas:Educación Infantil (3, 4 y 5 años).8.000.000Educación Primaria (1. y 2.).8.000.000Educación Primaria (3. y 4.).6.870.942Educación Primaria (5. y 6.) .5.419.526ESO y Bachillerato.5.419.526

Se abonar una cuota por matrcula no superior al 10% del valor de la tarifa anual junto a una cuota inicial. El resto de pagos se abonarán trimestralmente en los meses de noviembre de 2022, febrero y mayo de 2023. Los pagos se realizarán, mediante débito bancario, en la cuenta operativa en la firma del centro.

Con el fin de avalar el pago de las cuotas, el centro podrá solicitar las garantías que considere necesarias para garantizar las obligaciones económicas contradas y hacer las efectivas en caso de incumplimiento.

FRANCIA

Centro: Liceo Español Luis Buuel de Neuilly-sur-Seine:

Euros/cursoCuota ESO y Bachillerato.414

Las cuotas son de carcter anual y se harn efectivas en pago nico en el momento de formalizar la matrcula, mediante transferencia bancaria a la cuenta designada al efecto o, en su caso, mediante pasarela de pago a travs de la plataforma Alexia.

Centro: Colegio Español Federico García Lorca de Pars:

Euros/cursoCuota Educación Infantil y Primaria.400

Las cuotas son de carcter anual y se harn efectivas en pago nico, mediante transferencia bancaria a la cuenta bancaria designada al efecto, check nominativo expedido a favor del Colegio Espaol Federico Garca Lorca o, en este caso, mediante pasarela de pago a travs de la plataforma Alexia.

ITALIA

Centro: Liceo Español Cervantes de Roma:

Euros/cursoCuota 1. Educación Infantil.458Cuota Resto Cursos Educación Infantil.411Cuota Educación Primaria, Secundaria y Bachillerato.386

Las cuotas son de carcter anual y se harn efectivas en pago nico en el momento de formalizar la matrcula mediante transferencia bancaria a la cuenta bancaria designada al efecto a favor del Liceo Espaol Cervantes de Roma.

MARRUECOS

Centro: Instituto Español Melchor de Jovellanos de Alhucemas:

Centro: Instituto Español Juan Ramón Jiménez de Casablanca:

Centro: Instituto Español Lope de Vega de Nador:

Centro: Instituto Español Severo Ochoa de Tánger:

Centro: Instituto Español Juan de la Cierva de Tetun:

Dirhams/cursoCuota completa FP.4.998Cuota Mdulo FCT.2.499

Centro: Instituto Español Nuestra Señora del Pilar de Tetún:

Centro: Colegio Español Luis Vives de Larache:

Centro: Colegio Español de Rabat:

Centro: Colegio Español Ramón y Cajal de Tánger:

Centro: Colegio Español Jacinto Benavente de Tetún:

El abono de los precios públicos en todos los centros de Marruecos se efectuará en un solo pago al efectuarse la matrícula o en dos plazos: en período ordinario durante la primera quincena de julio de 2022 y durante el mes de enero de 2023; en perodo extraordinario durante la segunda quincena de septiembre de 2022 y durante el mes de enero de 2023, con ingreso o transferencia bancaria al centro oficial del centro e incluye el costo del seguro escolar.

PORTUGAL

Centro: Instituto Español Giner de los Ros de Lisboa:

El pago único se realizará en el momento de formalizar la matrícula mediante domiciliación bancaria, transferencia o depósito bancario.

REINO ONUDI

Centro: Instituto Español Vicente Caada Blanch de Londres:

Libras/cursoCuota 1. Educación Infantil.2.292 Cuota resto de alumnos.372

El pago anual se realizará mediante transferencia bancaria en la cuenta designada al efecto o, en su caso, mediante pasarela de pago a través de la plataforma Alexia. En Primaria, Secundaria y Bachillerato, la cuota se abona en un solo plazo al formalizar la matrícula, normalmente en los meses de junio o julio. En la etapa infantil del 4 y 5 de agosto, la cuota se abonar en un solo plazo al formalizar la matrícula (entre la primera quincena de enero y la primera quincena de febrero). En la etapa infantil de 3 años, la cuota se abonar en dos plazos, el primero al formalizar la matrícula, normalmente en los meses de enero o febrero, y el segundo en diciembre de 2022.