Orden CUD/262/2023, de 21 de febrero, por la que se corrige




El Consultor Jurídico

sumario

Advertidos errores en la Orden CUD/1241/2022, de 1 de diciembre, por la que fundan las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para la promoción del sector del videojuego y de otras de creación digital, y por la que se después de la convocatoria correspondiente a agosto de 2022 y 2023, en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 301, de 16 de diciembre de 2022, se procede a implementar la rectificación oportuna:

En el apartado 2 del artículo 30 (rganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento), donde dice El titular de la Secretaría General de Cultura, en virtud del apartado cuarto.1.b) de la Orden CUD/990/2020, de 16 de octubre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias, de acuerdo con el artículo 6 de esta Orden, debe decir: El órgano concedente es el titular de la Secretaría General de Cultura y Deporte, en virtud del apartado cuarto.1.b) de la Orden CUD/990/2020, de 16 de octubre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias, de acuerdo con el artículo 6 de esta Orden.

En el apartado 6 del artículo 39 (Pago y justificación), donde dice: La emisión de los justificantes de gasto tendr como fecha desde el 1 de abril de 2022 hasta el 15 de septiembre de 2023 y el pago (justificantes de pago) tendr como fecha desde el 1 de abril de 2022 hasta el 15 de marzo de 2024, debe decir: La emisión de los justificantes de gasto tendr como fecha desde el 1 de abril de 2022 hasta el 15 de diciembre de 2023 y el pago (justificantes de pago ) tienden como fecha desde el 1 de abril de 2022 hasta el 15 de marzo de 2024