La Audiencia de Navarra rechaza rebajar una condena de 7 años de prisión por una violación · Noticias Jurídicas

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha devaluado la revisión de una condena de 7 años y 6 meses de prisión impuesta por un delito de agresión sexual (violación) perpetrado en Pamplona al considerar que la pena también cabe se ajusta a la nueva regulación legal.

La sentenciatoria se dictó el 31 de mayo de 2018. Tras la entrada en vigor el 7 de octubre de 2022 de la nueva reforma legal, la defensa interpuso una solicitud de revisión de la sentencia. Pidió que rebajara la pena a 5 años de prisión.

Tanto el Ministerio Fiscal como la acusación particular se opuso a la revisión de la condena.

En la resolución judicial, que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN), los magistrados explican, en primer lugar, que el pleno de la Audiencia Provincial comprometido el pasado 24 de noviembre no rebajar las penas en aquellos supuestos en los que la condena establecida también pueda ser imponible conforme al nuevo marco legal.

En el caso juzgado, la Audiencia destaca que en la sentencia de 2018 no impuso la pena mínima anticipada para el tipo legal de entonces. La condena de 7 años y 6 meses fijada, añaden los jueces, se encontró dentro de la mitad inferior de la horquilla penal.

Con arreglo a la nueva legislación, la horquilla de la mitad inferior abarca de 4 a 8 años, lo que, un juicio de los magistrados, determinó que en la actualidad “sea también susceptible de imposición”.