El uso del coche de empresa para ir de casa al trabajo no es un derecho adquirido, dicta un tribunal · Noticias Jurídicas

El uso del vehículo de empresa para ir de casa al trabajo puede ser una mera tolerancia empresarial que no implica un derecho adquirido. Así lo ha dictado el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en una reciente sentencia que puede consultar aquí. Estima la Sala que el uso del vehículo de empresa no es un derecho reconocido y cuya eliminación implica una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.

Para que algo se convierta en condición más beneficiosa es precisa que ésta se haya adquirido y disfrutado en virtud de la consolidación mediante una patente voluntad empresarial de atribución a los trabajadores una ventaja o un beneficio social que supera a los establecidos en las fuentes legales o convencionales , y cuando no se acredita esta voluntad empresarial unívoca no se puede decir que, si se altera, hay modificación sustancial de las condiciones de trabajo.

La empresa introduce la orden de depositar el vehículo de la empresa en las instalaciones de esta tiene efectos de comenzar a contabilizar el inicio y final del día, decisión frente a la que se alzó el sindicato actor pour la via de conflicto colectivo pour modificación sustancial de condiciones laborales

Tolerancia

Is cierto que hasta la fecha los empleados utilizaron el coche de forma casi personal, pero se fue una actuación de complacencia empresarial en atención a que el vehículo es imprescindible para la ejecución del trabajo, al igual que la tarjeta para pago de gasolina peajes, the móvil de compañía o el portátil para programación de tección, herramientas, u otros elementos, pero no una condición más beneficiosa.

Por tanto, la decisión de celebrar que depositar los vehículos en el estacionamiento de la empresa no implica una modificación sustancial porque no hubo condición más beneficiosa. El uso del vehículo no fue reconocido como un derecho, ni consta en el contrato ni en el precontracto siendo solo una actuación de tolerancia empresarial, pero en caso con constituido abono en especie en relación con ningún gasto de desplazamiento desde su domicilio al trabajo y regreso en casa.