El Gobierno aprueba el Proyecto de Ley para proteger a las personas que informan sobre corrupción · Noticias Jurídicas

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes, a propuesta del Ministerio de Justicia, el Proyecto de Ley que regula la protección de las personas que informan subre infractions que vulneren el ordenamiento europeo y nacional y, en consecuencia, que contribuyen a la lucha contra la corrupción con objeto de transponer la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión Europea (UE).

El objeto de la Directiva es proteger contra todas las personas que informen sobre corrupción o fraude y violaciones del Derecho de la Unión Europea y del ordenamiento jurídico interno, mediar el establecimiento de canales protegidos de información y la prohibición de tal represalia contra ellas.

La ministra de Justicia, Pilar Llop, ha destacado que la normativa a la que hoy “da el visto bueno en segunda vuelta el Consejo de Ministros nos va a hacer mjorar como país en rankings que elaboran organizaciones internacionales como GAFI, el GRECO o Transparencia Internacional ”.

Y ha añadido que “más importante aún es que va à ayudar à concienciar y aumentar las informaciones por corrupción al crear un clima de confianza entre el informante y la Administración”.

Con este Proyecto de Ley, no solo se transpone la Directiva europea, conocida como Whistleblowers, sino que se da cumplimiento a una serie de objetivos del Plan y acción del Gobierno en la lucha contra la corrupción, incluidos en el acuerdo de coalición en el punto 2.11.3 o en el IV Plan de Gobierno abierto 2020-2024, es necesario proteger a los informantes como prioridad en la lucha integral contra la corrupción tanto en el ámbito público como en el privado.

Además, ajustarse a la necesidad de ese nuevo país cuente con un marco holístico y efectivo para la protección de los informantes, tal y como recoge el Informe sobre el Estado de Derecho en 2020 y el Informe GRECO de Evaluación de España.

El Ministro de Justicia ha destacado que par la elaboración de este texto ha contado, “además de con los informes preceptivos, con la participación de la sociedad civil, así como las comunidades autónomas y entidades locales, à través de la Federación Española de Municipios y Provincias”.

En este sentido, Llop también ha señalado las “valoraciones positivas” que el Consejo de Estado ha dictaminado en relación a la extensión de la protección de los informantes más allá del ámbito estrictamente previsto por la normativa europea, entre otros asuntos.

Medidas que establece la nueva norma

El Proyecto de Ley establece, entre otras medidas, un régimen jurídico que garantiza la tutela efectiva de aquellas personas que, tanto en el seno de organizaciones públicas como privadas, comuniquen información relativa a infracciones del Derecho de la Unión y del Derecho nacional.

Con esta norma, cualquier ciudadano, y cualquier funcionario público, podrá poner en conocimiento las operaciones, subvenciones y adjudicaciones sospechosas, en el ámbito de la contratación o del resto del ordenamiento, y se le deberá de conferir una protección real y efectiva ante cualquier represalia al informante y ha conocido el entorno.

La ministra de Justicia ha explicado que la norma regula los sistemas internos de información, que se perfilan como causa preferente de la libertad del informante para elegir el canal a seguir según las circunstancias y los riesgos de represalias que consideren, garantizados también el respeto a la legislación específica en la materia y para distintos sectores como el financiero, de seguros, de auditoría, de competencia o de mercados de valores.

También se establece la obligación de disponer de canales internos de información para las empresas de más de 50 trabajadores. Asimismo, está obligado a contar con un sistema interno de información a todos los partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales, así como a los fondos que de los mismos dependan para empre que gestion en fondos públicos, con independencia de su número de empleados.

En el caso de los municipios con población no mayor a 10.000 habitantes, es posible comparar medios de recepción de información con otras visitas a la población menor; así como con entidades supramunicipales, si sus actividades se circunscriben al ámbito de la misma comunidad autónoma.

Del mismo modo, la nueva norma permite formular las informaciones realizadas de manera anónima, al igual que en otros modelos de protección del informante a nivel europeo, internacional o autonómico ya implantados.

En relación a los plazos para la realización de las investigaciones y para la respuesta al informante, el proyecto contempla que serán superiores a muy meses, siguiendo la línea marcada por la norma europea, con posibilidad de prórroga si la especial complejidad de la investigación lo aconsejar

Llop ha hecho insistió en que la norma contempla un régimen detallado sancionado por las acciones u omisiones que limitan los defectos y garantías introducidos en este tiempo, especialmente las orientadas a entorpecer, impedir, frustrar o ralentizar la información.

Además, el ministro ha destacado que la comunicación o divulgación pública de información de infracciones del ordenamiento jurídico será sancionada con conocimiento de su falsedad. Con carácter general, el procedimiento sancionador contempla multas que oscilan entre los 1.001 y los 300.000 euros, en el caso de personas físicas; y los 10.001 y el millón de euros, en el caso de las personas jurídicas, ha explicado.

Finalmente, Llop ha agradecido a todas las personas que han puesto el tema de la lucha contra la corrupción en la agenda pública: y sus Vidas, mucho más fáciles”.