sumario
Mediate Decreto del Presidente no 2/2023, de 17 de enero, de Reorganización de la Administración Regional se seguirá el número, denominación y competencias de las Consejerías, llevándose a cabo una nueva distribución competencial entre los Departamentos de la Administración Regional.
Artículo 5.3 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, atribuye al Presidente de la Comunidad Autónoma la facultad de crear y suprimir las Consejerías, o modificar la denominación y las competencias atribuidas a las existentes, así como establecer el orden de prelación entre las mismas.
En virtud de lo expuesto, y en uso de las facultades que legalmente me están atribuidas.
Disponible:
Artículo único Modificación del Decreto del Presidente, no 2/2023 de 17 de enero, de Reorganización de la Administración Regional
El Decreto del Presidente no 2/2023 de 17 de enero, de Reorganización de la Administración Regional se modifica en los siguientes términos:
- Uno.- El artículo 7 queda redactado del siguiente modo:
Artículo 7
La Consejería de Empresa, Economía Social y Autónomos es el Departamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de los Directeurs Generales del Consejo de Gobierno en las siguientes materias: apoyo empresarial; la coordinación y dirección de los planes y proyectos de singular trascendencia, estratégicos o de gran repercusión por la Autonomía Comunitaria que determine el Consejo de Gobierno; industria, energía y minas; consumo, comercio y artesanía; innovación empresarial y tecnología vinculada a las TICs de aplicación en la empresa; Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación; precios autorizados y defensa de la competencia; relaciones con la Unión Europea que asume una forma transversal y mutuamente excluyente así como el deber de hacer cumplir la legislación.
Asimismo, asuma las siguientes materias: trabajo, seguridad y salud laboral; prevención de riesgos laborales y relaciones laborales; de la economía fomento social, trabajo autónomo y cualquier otra que asigne la vigorosa legislación.
Queda adscrito a esta Consejería el ente público Instituto de Fomento de la Región de Murcia.
LE0000746223_20230121
- Dos.- Artículo 11 queda redactado del siguiente modo:
Artículo 11
The Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo es el Departamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las Directeurs Generales del Consejo de Gobierno en las siguientes materias: educación reglada no universitaria en todos sus niveles ; empleo, mediante la intermediación y orientación laboral; fomento de las políticas activas de empleo y formación, incluida la formación ocupacional y continuación.
Queda adscrito a esta Consejería el Organismo Autónomo Servicio Regional de Empleo y Formation.
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