Decreto 5/2023, de 7 de febrero, por el que se modifica el




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sumario

En el Diario Oficial de Castilla-La Mancha número 141, de 18 de julio de 2019, se hace público el Decreto 79/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Consejera de Economía, Empresas y Empleo.

Dicho decreto fue objeto de modificación mediante el Decreto 61/2022, de 12 de julio, por el que se modifican los decretos que fortalecen la estructura orgánica y las competencias de las consejeras afectaron una causa de la atribución temporal de competencias a la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha, para la ejecución de las actuaciones previstas en el marco del Real Decreto 1159/2020, de 22 de diciembre, por el que se regula la directa de una subvención a la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha, organismo autónomo , para la ejecución de diversas obras y actuaciones de mejora del entorno socioeconómico de los núcleos colindantes con los embalses de Entrepeas y Buenda.

Las modificaciones que ahora se efectan se concretan en la constitución de la Empresa Pública de Promoción del Turismo y la Artesana de Castilla-La Mancha, Sociedad Animada (Eturia CLM, SA), que ha quedado adscrita a la Consejera de Economía, Empresas y Empleo , según el Decreto 17/2022, de 22 de marzo, por el que se autoriza la constitución de la sociedad Empresa Pública de Promoción del Turismo y la Artesana de Castilla-La Mancha, con forma de sociedad anónima; la mención expresa de la función de la Secretaría General para realizar encargos a medios propios; como la modificación y supresión de diversos prrafos y apartados que se refieren al procedimiento de gestión de los gastos.

En su virtud, de acuerdo con el Estatuto de Autonoma y con la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, a propuesta de la Consejera de Economa, Empresas y Empleo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 7 de febrero de 2023,

Disponible:

Artculo nico Modificacin del Decreto 79/2019, de 16 de julio, por el que establece la estructura orgnica y se fijan las competencias de los rganos integrados en la Consejera de Economa, Empresas y Empleo

El Decreto 79/2019, de 16 de julio, por el que establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Consejera de Economía, Empresas y Empleo, queda modificado del siguiente modo:

  • Uno. Se adiciona un prrafo m) al apartado 2 del artículo 3 con la siguiente redacción:
    • m) La Empresa Pública de Promoción del Turismo y la Artesana de Castilla-La Mancha, Sociedad Animá (Eturia CLM, SA).
  • Atrás. Se modifica el prrafo l) del artículo 5 con la redacción que se indica a continuación y se suprimen los prrafos m) yn), en consecuencia, se reordenan los prrafos ) o), p), q), r), s), t), u) v) w) yx) que pasan a ser respectivamente los prrafos m), n), ) o), p), q), r), s), t) u) yv):
    • l) Las facultades atribuidas al órgano de contratación por la legislación de contratos del sector público, como los encargos a medios propios que se suscriben por la Consejera, salvo las facultades atribuidas a la Viceconsejera en el artículo 6.1 ), a las Direcciones Generales en el artculo 7.d), están las Delegaciones Provinciales en el artculo 13.4.
  • Muy. Se modifican los prrafos ) yo) del apartado 1 del artículo 6 con la redacción que se indica a continuación y se suprime el prrafo p):
    • ) La tramitación y formalización de contratos administrativos menores.
    • o) La concesión de subvenciones en el ámbito de sus competencias.
  • Cuatro. Se modifican los prrafos d) ye) del artículo 7 con la redacción que se indica a continuación y se suprime el prrafo f):
    • d) La tramitación y formalización de contratos administrativos menores.
    • e) La concesión de subvenciones en el ámbito de sus competencias.
  • Cinco. Se modifica el apartado 4 del artículo 13 que pasa a tener la siguiente redacción:

    4. En el ámbito de sus competencias y respecto de aquellos contratos que de conformidad con la normativa vigente en materia de contratos del sector público tendrán la consideración de contratos menores, las facultades que dichas normativas atribuyen a los órganos de contratación.

Disposición final única Entrada en vigor

El presente decreto entrará en vigor el mismo da de su publicación en el Diario oficial de Castilla-La Mancha.