sumario
La Disposición adicional cuarta del Acuerdo que regula las condiciones de trabajo del personal del Servicio Riojano de Salud, firmado el 27 de julio de 2006, establece que se aprobarán las Relaciones de Puestos de trabajo del Servicio Riojano de Salud, en las que establezca expresamente que los puestos de trabajo podrn ser ocupados indistintamente por personal estatutario y por personal funcionario del Servicio Riojano de Salud, quedando excepto aquellos puestos declarados ‘à extinguir’.
Por su parte, el artículo 3 del Decreto 2/2011, de 14 de enero, de selección de estatuto personal y provisión de plazas y puestos de trabajo del Servicio Riojano de Salud, establece que la relación de puestos de trabajo es el instrumento organizativo que ordena la plantilla del Servicio Riojano de Salud en puestos de trabajo y que expresa la denominación, el sistema de provisión, el nivel, el grupo de clasificación, el complemento específico y, en su caso, la categoría o categorías a la que está adcrito el puesto; puesto; además exige que la relación de puestos de trabajo sea orgánica en tipos de puestos y en centros.
La relación de puestos de trabajo del personal de los centros, servicios y establecimientos sanitarios del Servicio Riojano de Salud se regulan mediante Decreto 38/2013, de 25 de octubre, por el que se apruebe la relación de puestos de trabajo correspondiente al personal de los centros, servicios y establecimientos sanitarios del Servicio Riojano de Salud, en la que los puestos del rea de salud mental no disponan de una singularidad propia.
En este sentido, el impulso que el IV Plan Estratégico de Salud Mental de La Rioja (2021-2025) imprime a la asistencia sanitaria en salud mental, con la determinación de los dispositivos sanitarios siguientes: Unidades de Salud Mental (USM), Unidad de Salud Mental Infanto-Juvenil (USMIJ), Unidad de Hospitalización de Breve Estancia (UHB), Unidad de Hospitalización de Media Estancia (UME), Unidad de Rehabilitación de área (URA), Unidad de Trastornos de la Conducta Alimentaria, Hospital de Da Adultos y Unidad de Infanto-Juvenil; y Equipo de Terapia Asertiva Comunitaria (ETAC), aconsejan la agrupación de todos estos recursos en un centro único y diferenciado.
A su vez, el nuevo centro de la relación de puestos de trabajo, denominado ‘Departamento de Salud Mental’, tiene por realizada la gestión integrada de todos los dispositivos de la red de salud mental de La Rioja, y entre ellos, la del ‘ Centro Asistencial Albelda de Iregua’, que, aunque mantiene su identidad como centro asistencial y residencial de carcter sociosanitario, es un centro basal en la asistencia sanitaria de salud mental.
The draft Decreto ha sido negociado con las organizaciones sindicales, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se apprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Bsico del empleado pblico e informado por el Consejo de Administración del Servicio Riojano de Salud.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Salud y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 22 de febrero de 2023, acuerda aprobar el siguiente,
DECRETO
Artículo 1 Objeto
1. Creado en la relación de puestos de trabajo de los centros, servicios y establecimientos sanitarios del Servicio Riojano de Salud el ‘Departamento de Salud mental’.
2. El ‘Departamento de Salud Mental’ es el center encargado, bajo las Directions de ‘Asistencia Hospitalaria’ y ‘Enfermera de Asistencia Hospitalaria’, de la management integrada de los devices sanitarios de salud mental y, directamente, de la management de los recursos humanos facultativos y de enfermera, respectivamente.
Artculo 2 mbito de empeo de los puestos de trabajo
1. El mbito de desempeo de los puestos de trabajo correspondientes al Departamento de Salud Mental es el del rea de Salud de La Rioja.
2. En el marco de la planificación de la asistencia sanitaria para la salud mental de La Rioja, los dispositivos sanitarios, su ámbito asistencial, ubicación y puestos de trabajo adscritos, con expresión del grupo, nivel, ocupación y forma de adscripción, se establecerán mediante Resolución de la Gerencia del Servicio Riojano de Salud, que debe publicarse en el Boletín Oficial de La Rioja.
3. Corresponde a la persona titular de la jefatura del Departamento de Salud Mental la gestin asistencial de los dispositivos sanitarios adscritos al Centro, de acuerdo con lo establecido en la Resolucin de la Gerencia citada en el apartado 2.
Artculo 3 Relacin de Puestos de Trabajo del Departamento de Salud Mental
1. Se apruebe la relación de puestos de trabajo correspondientes al Departamento de Salud Mental del Servicio Riojano de Salud, que figura como Anexo I del presente Decreto.
2. En todo lo no previsto en este Decreto se aplicará la normativa general sobre relaciones de puestos de trabajo de los centros, servicios y establecimientos sanitarios del Servicio Riojano de Salud.
PROVISIONES TRANSICIONALES
Estructura del Contenido
Disposición transitoria de primera Dispositivos sanitarios del Departamento de Salud Mental
Hasta tanto se pública la Resolución prevista en el apartado 2 del artículo 2 de este Decreto, se aprueba como Anexo II al mismo la relación de dispositivos sanitarios, su ámbito asistencial, ubicación y puestos de trabajo adscritos, con expresión del grupo, nivel, ocupación y formado de adscripción.
Disposición transitoria segunda Adscripción a los puestos de trabajo
La adscripción del personal a los puestos de trabajo aprobados en este Decreto se por la Dirección de Recursos Humanos de la Gerencia del Servicio Riojano de Salud con respecto a la ubicación real, categoría estatutaria y funciones asignadas; de acuerdo con lo establecido en el Anexo II del presente Decreto.
Disposición transitoria tercera Puestos de trabajo de ‘Enfermero/a de Apoyo’ y ‘Jefa de Enfermera’
Los puestos de trabajo de ‘Enfermera de Apoyo’, declarados extinguidos, una vez que hayan quedado desocupados de manera definitiva, se convierten automáticamente en el puesto de trabajo base correspondiente a la categoría de Enfermera/o Especialista en Enfermera de Salud Mental.
El puesto de trabajo ‘Jefa de Enfermera’ una vez que quede desocupado de manera definitiva, para convertirse automáticamente en el tipo de puesto de trabajo de Supervisora de Departamento.
Disposición transitoria cuarta Puestos de trabajo de ‘Coordinador/a de Centro de Salud Mental’ a ser extinguido
El puesto de trabajo de ‘Coordinador/a de Centro de Salud Mental’, declarado extinguido, una vez que de desocupado de manera definitiva, convirtiéndose automáticamente en el puesto de trabajo correspondiente a la categoría de Facultativo Especialista de rea de Psiquiatra.
PROVISIONES FINALES
Disposición final primera modificación del Decreto 38/2013 de 25 de octubre, por el que se apruebe la relación de puestos de trabajo correspondiente al personal de los centres, servicios y establecimientos sanitarios del Servicio Riojano de Salud
Se amortizan los puestos de trabajo siguientes del Anexo I del Decreto 38/2013, de 25 de octubre, por el qu’aprueba la relación de puestos de trabajo correspondiente al personal de los centres, servicios y establecimientos sanitarios del Servicio Riojano de Salud:
En el Centro Dirección de Salud
Denominación
N de Puestos
Sistema de aprovisionamiento
grupo
complemento de destino
Complemento específico (euros)Jefe/a de Departamento de Salud Mental1LDA1284.917,84Coordinador/a Da Centro Salud Mental1LDA1264.917,84Coordinador/a de Salud Mental Comunitaria1LDA1264.917,84Coordinador/a de Salud Mental Infanto Juvenil1LDA1264.917,84Facultativo Especialista de rea de Psiquiatra19CA1244. 917.84Psicólogo/a Clínico en Centros de Salud7CA1244.917.84
En el Centro Hospital San Pedro
Denominación
N de puestos
Sistema de aprovisionamiento
grupo
complemento de destino
Complemento específico (euros)Jefe/a de Enfermera (A Extinguir)1CMA22410.954,68Enfermero/a Especialista en Enfermera de Salud Mental2CA2225.060,40Auxiliar de Enfermera de Consultas Externas1CC2152.912,64
En el Centro Unidad de Apoyo al rea de Salud
DenominaciónNo de puestosSistema de provisiónGrupoComplemento de destinoComplemento específico (euros)Enfermera de Apoyo9CA2213.332,52
Disposición final segunda Entrada en vigor
El presente Decreto entrará en vigor el 9 de marzo de 2023.
ANEXO I
Departamento de Salud Mental
DenominaciónN PuestosSistema ProvisiónGrupoCd Nivel
C.Específico
(euro)
Jefe/a del Departamento de Salud Mental1LDA1284.917.84Coordinador/a Da Centro de Salud Mental (A Extinguir)1LDA1264.917.84Coordinador/a de Recursos Intermedios1LDA1264.917.84Coordinador/a de Salud Mental Infanto-Juvenil1LDA1264.917.84Coordinador/a de Unidad de Hospitalización de Breve Estancia1LDA1264,917,84Coordinador/a de Unidades de Salud Mental1LDA1264,917,84Facultativo Especialista de rea de Psiquiatra21CA1244,917,84Facultativo Especialista de rea de Psicologa Clnica15CA1244,917,84Jefa de Enfermera (A Exting2uira)10C.MA42.64 a1CA1239.298.80Enfermero/a Especialista en Enfermera de Salud Mental2CA2225.060.40Enfermera de Apoyo 9CA2213.332.52Trabajador Social de Salud Mental1CA2213.332.52
Técnico Grado Medio:
Cuidados Auxiliares de Enfermera
1CC2152.912.64
ANEXO II
Dispositivo Sanitariombito AsistencialUbicaciónPuestos de Trabajo AdscritosC. PuestoGrupoNivel
Departamento de Salud Mental
rea de Salud de La Rioja
Logroo
Jefe/a del Departamento de Salud MentalE168060001A128FEA de PsiquiatraE001400196A126Trabajador/a Social de Salud Mental*A222Enfermero/a Especialista en Enfermeria de Salud Mental
E171020003
A2
22
Enfermero/a Especialista en Enfermeria de Salud Mental
E171020004
A2
22
Unidad de Salud Mental Infanto-Juvenil
Unidad de Agudos Unidad de Infanto Juvenil
rea de Salud de La Rioja
Logroo
Coordinador/a de Salud Mental Infanto JuvenilE172020001A126FEA de PsiquiatraE001400369A124FEA de PsiquiatraE001400369A124FEA de PsiquiatraE001400200A124FEA de Psicologa ClnicaE146010003A124FEA de Psicologa ClnicaE146010007A124FEA de Psicologa ClnicaE011020004A124FEA de Psicologa ClnicaE011020045A124Enfermera de Apoyo (A Extinguir)E053010007A221Tcnico Grado Medio: Cuidados Auxiliares de Enfermeria
E027010056
C2
15
CalahorraFEA de Psicología ClínicaE146010004A124
Unidad de Hospitalización de Salud Mental
ETAC + Da Hospital
+ Unidad de Corta Estancia + Unidad Media Estancia
+URA
rea de Salud de La Rioja
Logroo
Coordinador/a de Unidad de Hospitalización de Breve Estancia
*
A1
26
Coordinador/a de Recursos Intermedios*A126FEA de PsiquiatraE001400199A124FEA de PsiquiatraE001400198A124FEA de PsiquiatraE001400193A124FEA de PsiquiatraE001400201A124FEA de PsiquiatraE001400375A124FEA de PsiquiatraE001400195A124FEA de Psicologa ClnicaE011020042A124FEA de Psicologa ClnicaE146010009A124FEA de Psicologa ClnicaE146010004A124FEA de Psicologa ClnicaE146010002A124Dispositivo Sanitariombito AsistencialUbicacinPuestos de Trabajo AdscritosC. PuestoGrupoNivel
Unidad de Salud Mental
rea de Salud de La Rioja
Logroo
Coordinador/a de Unidades de Salud MentalE172010001A126FEA de PsiquiatraE001400202A124Coordinador/a Centro de Salud Mental (A Extinguir)
E133010001
A1
26
Psiquiatra AEF*A124
Rioja Alta Zonas Básicas de Salud
haro
FEA de PsiquiatraE001400369A124FEA de Psicologa ClnicaE011020042A124Jefe/a de Enfermera (A extinguir)F049010001A224Enfermera de Apoyo (A extinguir)E053010005A221
Rioja Media Zonas Bsicas de Salud
Logroo
FEA de PsiquiatraE001400369A124FEA de PsiquiatraE001400369A124FEA de PsiquiatraE001400192A124FEA de PsiquiatraE001400370A124FEA de PsiquiatraE001400197A124FEA de Psicologa ClnicaE146010010A124FEA de Psicologa ClnicaE011020003A124FEA de Psicologa ClnicaE011020008A124Psiclogo/aE047010002A123FEA de Psicologa Clnica*A124Enfermera de Apoyo (A Extinguir)E053010011A221Enfermera de Apoyo (A Extinguir)E053010012A221Enfermera de Apoyo (A Extinguir)E053010003A221Enfermera de Apoyo (Por extinguir)E053010010A221Enfermera de Apoyo (Por extinguir)E053010013A221
Rioja Baja Zonas Básicas de Salud
calahorra
FEA of PsiquiatraE001400194A124FEA of PsiquiatraE001400372A124FEA of PsiquiatraE001400371A124FEA of Psicologa ClnicaE011020002A124Enfermera de Apoyo E053010001A221Enfermera de 30Apoyo2A
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