DECRETO 45/2023, de 14 de marzo, por el que se aprueba la




El Consultor Jurídico

sumario

El 17 de octubre de 2019 el Pleno del Ayuntamiento de Les Masies de Voltreg acord, por mayor absoluta del número legal de miembros de la corporación, inició un expediente de alteración de los términos municipales de Les Masies de Voltreg y de Sant Hiplit de Voltreg, con la finalidad de adaptar el lmite de trmino a la realidad geogrfica actual y que se coherente con los planos urbansticos y con los servicios de suministro de ambos municipios, de acuerdo con lo establecido en el artculo 14 del texto refundido de la Ley municipal y de Régimen local de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril, en relación con el supuesto que define el artículo 13.1.c).

El expediente se someti a informacin pblica sin que se presentaran alegaciones y a informe de los entes locales que no lo haban promovido. El Ayuntamiento de Sant Hiplit de Voltreg, mediante el Acuerdo del Pleno de 4 de mayo de 2020, informa favorablemente la modificación de los términos propuesta. Asimismo, el Consejo Comarcal de Osona, mediante un informe de los servicios técnicos, informa favorablemente la propuesta, pero lo superó a que hubiera un acuerdo entre los ayuntamientos. Finalmente, la Diputación de Barcelona, ​​por el Decreto de la presidencia de 31 de julio de 2020, aprueba el informe favorable de la Gerencia de Equipamientos e Infraestructuras Urbanas y Patrimonio Arquitectónico.

El Ayuntamiento de Les Masies de Voltreg, mediante Acuerdo del Pleno de 8 de octubre de 2020, aprob la procedencia de la alteración con el qurum legalmente establecido y, en fecha 16 de octubre de 2020, como ente instructor del expediente, envi una copia del mismo al Departamento competente en materia de administración local.

The Direccin General de Administracin Local, una vez examinada la documentacin remitida, se diregi al Ayuntamiento de Les Masies de Voltreg para que el expediente administrativo, el cual dio respuesta al requerimiento de documentacin el 1 de diciembre de 2020. Finalmente, esta Direccin General, en fecha 18 de octubre de 2021, emitió informe que declaró la procedencia de la alteración, de acuerdo con los criterios fijados en el Decreto 244/2007, de 6 de noviembre, por el que se regula la constitución y la demarcación territorial de los municipios, de las entidades municipales descentralizadas y de las mancomunidades de Catalunya.

La Comisión de Delimitación Territorial, en sesión del 21 de julio de 2022, emitió informe favorable sobre el expediente.

El 26 de julio de 2022, se puso en conocimiento de la Administración del Estado la tramitación del expediente.

La Comisión Jurídica Asesora, reunida el 24 de noviembre de 2022, aprobó el Dictamen de alteración de los juzgados municipales de Les Masies de Voltreg y Sant Hiplit de Voltreg, en el que informó favorablemente el expediente.

Por ello, y teniendo en cuenta que hay consideración de orden geográfico, demográfico, económico o administrativo que hacen necesaria o aconsejable la alteración de términos;

Considerando lo que disponen los artículos del 11 al 19 del texto refundido de la Ley municipal y de rgimen local de Catalunya, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, y los artículos 3, 8 y siguientes del Decreto 244/ 2007, de 6 de noviembre, por el que se regula la constitución y la demarcación territorial de los municipios, de las entidades municipales descentralizadas y de las mancomunidades de Cataluña;

De acuerdo con los informes favorables de la Dirección General de Administración Local y de la Comisión de Delimitación Territorial;

A propuesta de la consejera de la Presidencia, de acuerdo con el dictamen de la Comisin Jurdica Asesora y previa deliberacin del Gobierno,

DECRETO:

1. Examinar la alteración de los términos municipales de Les Masies de Voltreg y de Sant Hiplit de Voltreg, con objeto de adaptarlos a la realidad geográfica actual y que sean coherentes con los planes urbanísticos y con los servicios de suministro de ambos municipios . Esta alteración implica la modificación de la línea de término y las consiguientes segregaciones y agregaciones de territorio entre estos municipios.

2. La nueva delimitación entre las vías municipales de Les Masies de Voltreg y Sant Hiplit de Voltreg es donde se encuentra en el plano a escala 1:5.000 de la pgina ciento ochenta y seis del expediente administrativo y que, a efectos ilustrativos, se reproducir como anexo a este Decreto.

3. El Departamento de la Presidencia tiene que amojonar los términos municipales de acuerdo con lo que establece el artículo 35 del Decreto 244/2007, de 6 de noviembre, por el que se regula la constitución y la demarcación territorial de los municipios, de las Entidades Municipales Descentralizadas y de las Mancomunidades de Cataluña.

4. La modificación del límite del término municipal no supone ningún cambio en la titularidad de los bienes, derechos, acciones, usos públicos y aprovechamientos, ni tampoco de las obligaciones, deudas y cargos, ni del personal, de los ayuntamientos afectados, tal como acredita la documentacion qu’esta en el expediente.

5. Cada uno de los ayuntamientos afectados entregará al otro, mediante copia autenticada, los expedientes en trámite que hagan referencia exclusiva a la zona objeto de la alteración.

ANEXO