Decreto 10/2023, de 7 de febrero, por el que se modifica el




El Consultor Jurídico

sumario

Mediante Decreto 82/2019, de 16 de julio, publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha nº 141, de 18 de julio de 2019, se estableció la estructura orgánica y funciones del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha en el ejercicio de las competencias atribuidas en los artículos 32 y 33 del Estatuto de Autonoma de Castilla-La Mancha.

El artículo 11, apartados 6 y 7 de la Ley 1/2023, de 27 de enero, de Medidas Administrativas, Financieras y Tributarias de Castilla-La Mancha da una nueva redacción a los artículos 58 y 61 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, sobre el proceso de gestión del gas y la competencia en la gestión del gas. La nueva regulación dispone que la competencia en materia de gestión de gastos corresponde a quienes la ostentan para adoptar los actos o negocios jurídicos que los generan y ejecutan, conforme a lo dispuesto en las normas que regulan la estructura y competencias de la Administración regional, sus organismos autónomos y entidades públicas. La ejecución presupuestaria queda subsumida en los actos de gestión de los que deriva. La adopción del acto o negociación jurídica que conlleve el gasto produce la fase de gestión presupuesta que le corresponde.

Por lo expresado, es necesario modificar el artculo 6, letra e),

La competencia para la adopción de este decreto viene determinada en la misma normativa que fundamenta la aprobación del Decreto 82/2019, de 16 de julio.

La modificación dispuesta en este decreto seguridad responde a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, jurídica, transparencia y eficiencia, tal y como requiere la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comn de las Administraciones Públicas. Igualmente, se ajusta al principio de seguridad jurídica, siendo coherente con el resto del ordenamiento jurídico. En relación con el principio de eficiencia, este decreto no impone cargas administrativas.

De acuerdo con lo expuesto, a propuesta de la persona titular de la Consejera de Sanidad y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 7 de febrero de 2023,

Disponible:

Artículo único Modificación del Decreto 82/2019, de 16 de julio, de estructura orgánica y funciones del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha

Se modifica la letra e) del apartado 2 del artículo 6 del Decreto 82/2019, de 16 de julio, de estructura orgánica y funciones del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, con la siguiente redacción:

  • e) La elaboración y transmisión de las propuestas de modificación de créditos del presupuesto.

PROVISIONES FINALES

Disposición final primera habilitación normativa

Se faculta a la persona titular de la Consejera de Sanidad para desarrollar lo dispuesto en este decreto.

Disposición final segunda Entrada en vigor

El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.