Corrección de errores de la Orden 36/2023, de 27 de febrero




El Consultor Jurídico

sumario

Advertido error material en la Orden 36/2023, de 27 de febrero, de la Consejera de Agriculture, Agua y Desarrollo Rural, por la que se aclaran las bases reguladoras para la consin y gestin de las ayudas a las solicitudes de restructuracin y reconversin de viedo de Castilla-La Mancha en el marco de la intervención sectorial vitivinícola 2024-2027 y se convocan para su ejecución en 2024 y 2025, publicado en el DOCM nº 41, de 28 de febrero de 2023 y conforme al artículo 109.2 de la Ley 39 /2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procedió a su corrección en los siguientes términos:

En la página 6909, art. 6.3.I.3)

onda dice:

3. Característica c): que incluye la instalación de un sistema de conducción sostenible. Debe entenderse como un sistema de conducta sostenible el definido en el artículo 3.o) de esta orden.

Debe decir:

3. Característica c): que incluye la instalación de un sistema de conducción sostenible. Entiéndase por sistema conductor el que se define en el apartado 3.) de esta orden.

En la página 6910, art. 6.3.II.(2 prrafo)

onda dice:

Característica f): Que se produzca un cambio del cultivo de cepas sistema a un sistema impulsor insustentable.

Debe entenderse como un sistema de conducta sostenible el definido en el artículo 3.o) de esta orden.

Debe decir:

Característica f): Que se produzca un cambio del cultivo de cepas sistema a un sistema impulsor insustentable.

Entiéndase por sistema conductor el que se define en el artículo 3.) de esta orden.

En la página 6922, art. 25.11:

onda dice:

11. Para que la espaldera, tanto en la operación de reestructuración como en la de cambio de vaso a espaldera, se subvencionable, deber cumplir con la definición de la letra o) del artículo 3 del presente orden.

Debe decir:

11. Para que la espaldera, tanto en la operación de reestructuración como en la de cambio de vaso a espaldera, se subvencionable, deber cumplir con la definición de la letra ) del artículo 3 del presente orden.